Los requisitos son determinados en el Reglamento. WebLey de Recursos Hídricos 7 Artículo I.- Contenido La presente Ley regula el uso y gestión de los recursos hídricos. Participan en los Consejos de Cuenca y desarrollan acciones de control y vigilancia, en coordinación con la Autoridad Nacional, para garantizar el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos. /Filter /FlateDecode Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. xmp.iid:4beb7af2-3bce-fe49-b99d-42a19e401809 Cobro y administración de las tarifas de agua. %PDF-1.4
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WebDesvío de agua para Descarga de aguas regar cultivos. Se fija por metro cúbico de agua utilizada cualquiera sea la forma del derecho de uso otorgado y es establecida por la Autoridad Nacional en función de criterios sociales, ambientales y económicos. Declárase de preferente interés nacional la seguridad de los bienes del dominio público integrados por las fuentes naturales de agua, los bienes asociados a éstas y la infraestructura hidráulica mayor pública. El uso primario del agua no requiere autorización administrativa y se ejerce por la sola disposición de la Ley. 0000022187 00000 n
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4 0 obj 0000025893 00000 n
Son instrumentos de planificación del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos los siguientes: La Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos; c El Plan Nacional de los Recursos Hídricos; y. Son de propiedad del Estado los bienes artificiales asociados al agua, ejecutados con fondos públicos. El acceso al agua para la satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana es prioritario por ser un derecho fundamental sobre cualquier uso, inclusive en épocas de escasez. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso. Comprobar que las condiciones del receptor permitan los procesos naturales de purificación. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable. El Reglamento establece el procedimiento para hacer efectivas las sanciones. Son objetivos del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos los siguientes: Coordinar y asegurar la gestión integrada y multisectorial, el aprovechamiento sostenible, la conservación, el uso eficiente y el incremento de los recursos hídricos, con estándares de calidad en función al uso respectivo. Decreto supremo Nº 020-2015-MINAGRI … Principio de gestión integrada participativa por cuenca hidrográfica. /Resources << La Autoridad Nacional, con opinión del Consejo de Cuenca, debe velar por la protección del agua, que incluye la conservación y protección de sus fuentes, de los ecosistemas y de los bienes naturales asociados a ésta en el marco de la Ley y demás normas aplicables. Los requisitos para solicitar la reserva de agua son establecidos en el Reglamento y deben incluir la capacidad técnica y financiera del solicitante. 0000002910 00000 n
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. El dominio sobre ella es inalienable e imprescriptible. Son causales de caducidad de los derechos de uso las siguientes: el vencimiento del plazo del derecho de uso de agua; conclusión del objeto para el que se otorgó el derecho; y. falta de ejercicio del derecho durante dos (2) años consecutivos o acumulados en un período de cinco (5) años sin justificación, siempre que esta causal sea imputable al titular. La Autoridad Nacional puede declarar lo siguiente: Zonas de veda permanente o temporal, para exploraciones, perforaciones de pozos y otorgamiento de nuevos derechos de uso de agua subterránea en ellas. from application/x-indesign to application/pdf Los comités de usuarios pueden ser de aguas superficiales, de aguas subterráneas y de aguas de filtración. El uso de los recursos hídricos se encuentra condicionado a su disponibilidad. Se extiende al … 4 0 obj ACEPTAR, Texto Original (Diario Oficial El Peruano), Declaratoria de interés nacional y necesidad pública, Bienes artificiales de propiedad del Estado asociados al agua, Sistema nacional de gestión de los recursos hídricos, Creación del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, Finalidad del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, Conformación e integrantes del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, Objetivos del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, Alcances del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, Recursos económicos de la Autoridad Nacional, Estructura orgánica de la autoridad nacional del agua, Información en materia de recursos hídricos, Tribunal nacional de resolución de controversias hídricas, Naturaleza y competencia del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, Instancias administrativas en materia de aguas, Funciones de los gobiernos regionales y gobiernos locales, Ejercicio de las funciones de los gobiernos regionales y gobiernos locales, Naturaleza y finalidad de las organizaciones de usuarios, Reconocimiento de las organizaciones de usuarios, Las comunidades campesinas y comunidades nativas, Condiciones generales para el uso de los recursos hídricos, Clases de usos de agua y orden de prioridad, Zonas de libre acceso para el uso primario, Acceso de la población a las redes de agua potable, Restricciones de uso del agua poblacional, Garantía en el ejercicio de los derechos de uso, Otorgamiento y modificación de la licencia de uso, Requisitos de la solicitud de licencia de uso, Prioridad para el otorgamiento en el uso del agua, Obligaciones de los titulares de licencia de uso, Permiso de uso de agua para épocas de superávit hídrico, Otorgamiento, modificación y extinción del permiso de uso de agua, Otorgamiento, modificación y extinción de la autorización de uso de agua, Derechos de comunidades campesinas y de comunidades nativas, Obligaciones y derechos del titular de la servidumbre de agua, Extinción de la servidumbre forzosa de agua, Servidumbres reguladas por leyes especiales, Causales de extinción de los derechos de uso de agua, Revocación de los derechos de uso de agua, Prohibición de vertimiento de algunas sustancias, Certificación de aprovechamiento eficiente, Prevención ante efectos de cambio climático, Retribución económica por el vertimiento de agua residual, Tarifa por la utilización de infraestructura hidráulica mayor y menor, Tarifa por el servicio de monitoreo y gestión de las aguas subterráneas, Objetivo de la planificación de la gestión del agua, Instrumentos de planificación del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, Plan de adecuación para el aprovechamiento eficiente de recursos hídricos, Política y estrategia nacional de recursos hídricos, Aprobación de obras de infraestructura hidráulica, Participación del sector privado en la infraestructura hidráulica, Seguridad de la infraestructura hidráulica mayor, Derechos de uso de agua de las comunidades campesinas y comunidades nativas, Otorgamiento del derecho de uso del agua subterránea, Uso conjunto de agua superficial y agua subterránea, Objetivo de la planificación de la gestión del agua en la amazonía, Las comunidades nativas amazónicas y pueblos indígenas, Programas de control de avenidas, desastres e inundaciones, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, TÍTULO II. El Estado garantiza a todas las personas el derecho de acceso a los servicios de agua potable, en cantidad suficiente y en condiciones de seguridad y calidad para satisfacer necesidades personales y domésticas. La reserva de recursos hídricos es un derecho especial intransferible que se otorga por resolución de la Autoridad Nacional para el desarrollo de proyectos, que reserva un volumen de agua para su uso consuntivo o no consuntivo, en el marco del plan de gestión de recursos hídricos de la cuenca. %%EOF
El agua tiene valor sociocultural, valor económico y valor ambiental, por lo que su uso debe basarse en la gestión integrada y en el equilibrio entre estos. Los gobiernos regionales y gobiernos locales, a través de sus instancias correspondientes, intervienen en la elaboración de los planes de gestión de recursos hídricos de las cuencas. La solicitud y la resolución administrativa de otorgamiento de autorización de uso de agua contienen los mismos requisitos establecidos para la licencia de uso de agua. La retribución por el vertimiento de agua residual es el pago que el titular del derecho efectúa por verter agua residual en un cuerpo de agua receptor. 29º y 37º. La licencia de uso del agua es un derecho de uso mediante el cual la Autoridad Nacional, con opinión del Consejo de Cuenca respectivo, otorga a su titular la facultad de usar este recurso natural, con un fin y en un lugar determinado, en los términos y condiciones previstos en los dispositivos legales vigentes y en la correspondiente resolución administrativa que la otorga. El certificado de eficiencia es el instrumento mediante el cual la Autoridad Nacional certifica el aprovechamiento eficiente de los recursos hídricos por parte de los usuarios y operadores de infraestructura hidráulica. Ley N° 29338. WebLEY DE RECURSOS HÍDRICOS LEY Nº 29338 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO … La calificación e imposición de sanciones en primera instancia corresponde a la Autoridad Administrativa del Agua. WebLey de Recursos Hídricos LEY Nº 29338 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE RECURSOS HÍDRICOS TÍTULO PRELIMINAR Artículo I.- ContenidoLa presente Ley regula el uso y gestión de los … << Cumplidas las condiciones bajo las cuales se otorgó la licencia provisional se procede, a solicitud de parte, al otorgamiento de la licencia de uso que faculte a su titular para hacer uso efectivo del agua. Título . ���콤\��� � ��?.>.�=]|�B-�-�^�^.�%�{�Z(|PK]�e�,[۔��Y�cuR���y����bmV�¬�oϋu�oo�ֿ�u�n���vtZQ�.O��x~���q��1W���jmY�?���bq�}�Jf:[�D�e2���#��~ٚ�����ة���_�v���a��l�Q`Ut��Uo���4n����5BW��cIW{���0iU�a��E�:Y��;���N4hy� Los comités de usuarios de aguas superficiales se organizan a nivel de canales menores, los de aguas subterráneas a nivel de pozo, y los de aguas de filtraciones a nivel de área de afloramiento superficial. Las entidades públicas y privadas que no cuenten con un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), en el caso del vertimiento de aguas residuales, y que incumplan con lo señalado en el Título V de la Ley, deben presentar su PAMA a la Autoridad Ambiental competente, estableciendo los plazos de remediación, mitigación y control ambiental. Está conformado por los siguientes miembros: Un (1) representante del Ministerio de Agricultura, quien asume la presidencia del Consejo Directivo. Adobe PDF Library 15.0 x�b```b``vc`e``�e`@ 6 da�� ���9�Z8Z�8@�CT̈a�7�=\�x�Y�D��8{^�q���7���A�aK. En caso de que el vertimiento del agua residual tratada pueda afectar la calidad del cuerpo receptor, la vida acuática asociada a este o sus bienes asociados, según los estándares de calidad establecidos o estudios específicos realizados y sustentados científicamente, la Autoridad Nacional del Agua debe disponer las medidas adicionales que hagan desaparecer o disminuyan el riesgo de la calidad del agua, que puedan incluir tecnologías superiores, pudiendo inclusive suspender las autorizaciones que se hubieran otorgado al efecto. 0000014306 00000 n
/ProcSet [/PDF /Text ] ... Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. La caducidad y la revocación son declaradas en primera instancia por la Autoridad Administrativa del Agua. La política y estrategia nacional de recursos hídricos está conformada por el conjunto de principios, lineamientos, estrategias e instrumentos de carácter público, que definen y orientan el accionar de las entidades del sector público y privado para garantizar la atención de la demanda y el mejor uso del agua del país en el corto, mediano y largo plazo, en el marco de la política nacional ambiental. 15º (9) (31/03/2009). 307 22
SÉTIMA.- Infraestructura hidráulica mayor pública. En estos casos no se puede usar el agua sin permiso, autorización o licencia. Las formas de organización de los usuarios que comparten una fuente superficial o subterránea y un sistema hidráulico común son comités, comisiones y juntas de usuarios. Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent. 328 0 obj
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La autorización de vertimiento se otorga por un plazo determinado y prorrogable, de acuerdo con la duración de la actividad principal en la que se usa el agua y está sujeta a lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Un (1) representante de los sectores públicos de salud y de saneamiento. 31/03/09. /F2 9 0 R Web30/03/2009 Promulgado Ley Nº: 29338 31/03/2009 Publicado ... 01487, 01651, 02048, 02131, 02194, 02347, 02466, 02572, 02611, 02630, 02733, 02781, 02791: Título de la Ley: LEY DE RECURSOS HÍDRICOS: Sumilla de la Ley: Ley de Recursos ... El último estado corresponde al último movimiento del Proyecto de Ley. stream /ProcSet [/PDF /Text ] 40º (08/07/2010). /Filter /FlateDecode Los suscriptores pueden acceder a una representación visual de un caso y sus relaciones con otros casos. >> endobj WebQue de acuerdo al numeral 2 del artículo 95° de la Ley de Recursos Hídricos Ley Nº 29338, dispone los criterios de auto sostenibilidad para los valores de las tarifas se fijan … Son funciones de la Autoridad Nacional las siguientes: Elaborar la política y estrategia nacional de los recursos hídricos y el plan nacional de gestión de los recursos hídricos, conduciendo, supervisando y evaluando su ejecución, los que deberán ser aprobados por decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; establecer los lineamientos para la formulación y actualización de los planes de gestión de los recursos hídricos de las cuencas, aprobarlos y supervisar su implementación; proponer normas legales en materia de su competencia, así como dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; elaborar el método y determinar el valor de las retribuciones económicas por el derecho de uso de agua y por el vertimiento de aguas residuales en fuentes naturales de agua, valores que deben ser aprobados por decreto supremo; así como, aprobar las tarifas por uso de la infraestructura hidráulica, propuestas por los operadores hidráulicos; aprobar, previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación y, como último recurso, el trasvase de agua de cuenca; declarar, previo estudio técnico, el agotamiento de las fuentes naturales de agua, zonas de veda y zonas de protección, así como los estados de emergencia por escasez, superávit hídrico, contaminación de las fuentes naturales de agua o cualquier conflicto relacionado con la gestión sostenible de los recursos hídricos, dictando las medidas pertinentes; otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua, así como aprobar la implementación, modificación y extinción de servidumbres de uso de agua, a través de los órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional; conducir, organizar y administrar el Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, el Registro Administrativo de Derechos de Agua, el Registro Nacional de Organizaciones de Usuarios y los demás que correspondan; emitir opinión técnica previa vinculante para el otorgamiento de autorizaciones de extracción de material de acarreo en los cauces naturales de agua; supervisar y evaluar las actividades, impacto y cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos; emitir opinión técnica vinculante respecto a la disponibilidad de los recursos hídricos para la viabilidad de proyectos de infraestructura hidráulica que involucren su utilización; ejercer jurisdicción administrativa exclusiva en materia de aguas, desarrollando acciones de administración, fiscalización, control y vigilancia, para asegurar la preservación y conservación de las fuentes naturales de agua, de los bienes naturales asociados a estas y de la infraestructura hidráulica, ejerciendo para tal efecto, la facultad sancionadora y coactiva; establecer los parámetros de eficiencia aplicables al aprovechamiento de dichos recursos, en concordancia con la política nacional del ambiente; reforzar las acciones para una gestión integrada del agua en las cuencas menos favorecidas y la preservación del recurso en las cabeceras de cuencas; aprobar la demarcación territorial de las cuencas hidrográficas; y. Constituyen recursos económicos de la Autoridad Nacional los siguientes: Los asignados en el Presupuesto de la República, incluyendo las transferencias de entidades del sector público; los pagos que efectúan los usuarios de agua por concepto de retribuciones económicas por el uso de agua y por el vertimiento de aguas residuales, incluyendo lo que se recaude por concepto de intereses compensatorios y moratorios; los aportes, asignaciones, donaciones, legados o transferencias por cualquier título proveniente de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluyendo los que provengan de la cooperación internacional; los ingresos financieros que generen sus recursos; la retribución única a que se refiere el artículo 107 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; los que se recauden por concepto de multas; los derechos por la tramitación de procedimientos administrativos que le corresponda resolver conforme a sus funciones y competencias; y. El agua amazónica, en el marco del desarrollo sostenible de la amazonía peruana, es un bien de uso público vertebrador de la biodiversidad, fauna, flora y de la vida humana en la amazonía. Zonas de restricción a la totalidad o parte de un acuífero en caso de notorio riesgo de agotamiento. La planificación de la gestión del agua tiene por objetivo equilibrar y armonizar la oferta y demanda de agua, protegiendo su cantidad y calidad, propiciando su utilización eficiente y contribuyendo con el desarrollo local, regional y nacional. %����
SEGUNDA.- Disposiciones necesarias para implementación de la Ley. Walte 2019-03-27T14:31:59-05:00 >> WebL EY DE ECURSOS IDRICOS LEY Nº 29338, LEY DE RECURSOS HÍDRICOS TÍTULO PRELIMINAR Artículo I.- Contenido La presente Ley regula el uso y gestión de los … WebLey de los Recursos Hídricos: Ley Nº 29338 Descripción del Articulo. Corresponde a la autoridad sectorial competente la autorización y el control de las descargas de agua residual a los sistemas de drenaje urbano o alcantarillado.”. /Type /Page La Autoridad Nacional, a través del Consejo de Cuenca correspondiente, ejerce funciones de vigilancia y fiscalización con el fin de prevenir y combatir los efectos de la contaminación del mar, ríos y lagos en lo que le corresponda. sectores: minem, lmp produce eflu ec ente minagri s a disch ag / ana ua ley nº 29338 –ley de recursos hÍdricos: sistema nacional de gestiÓn de recursos hÍdricos Los integrantes del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos proporcionan la información que, en materia de recursos hídricos, sea solicitada por el ente rector en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de sus funciones al amparo de lo establecido en la presente norma. /Length 3285 La Autoridad Nacional aprueba la demarcación territorial de las cuencas hidrográficas. 4�v�����b�lޠw��vk�'O�7Q�P�q�շE�:����>�`U� ��R6��\����Q�7��H���f|�U���?eL��n���౩ʺ�M][`����pwN�[�q��u�zp_.�z�>��Z�. Se integran a las comisiones de usuarios y estas a la vez a las juntas de usuarios. Los comités de subcuenca en la amazonía se organizan en torno a los ríos menores o grandes quebradas, conforme a la zonificación que realice la Autoridad Nacional. Toda exploración del agua subterránea que implique perforaciones requiere de la autorización previa de la Autoridad Nacional y, cuando corresponda, de los propietarios del área a explorar, debiéndose tomar en cuenta la explotación sostenible del acuífero. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable. WebLey de Recursos Hídricos Ley N° 29338 Dirección de Gestión Estratégica 1 Ley de Recursos Hídricos LEY Nº 29338 DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2008 CONCORDANCIAS: D.S N° 001-2010-AG (REGLAMENTO) OTRAS CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA … Los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continua durante cinco (5) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. La política y estrategia nacional de recursos hídricos es aprobada por decreto supremo a propuesta del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional. 0000008907 00000 n
El agua constituye patrimonio de la Nación. CONCORDANCIAS: R.J.N° 058-2018-ANA, Tercera Disp. Extinción de los derechos de uso de agua, TÍTULO VI. WebQue, de conformidad con el artículo 21º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional de la entidad y conduce la marcha general de la misma, asumiendo la titularidad del pliego presupuestal; Que, la Gerencia General es la máxima autoridad Título . 307 0 obj
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• Comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. Web121º de la Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”-, concordante con el artículo 278º del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, al amparo de lo establecido en el numeral 7., del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444. Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable. Los beneficiarios del agua, agrupados en empresas y asociaciones, en el marco de la responsabilidad social de la empresa, elaboran proyectos para el establecimiento de programas de forestación, mejora de riego, mejora de semillas y otros, a fin de mantener el equilibrio ecológico. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil nueve. Para aplicar las causales de revocación se debe seguir previamente el procedimiento sancionador establecido en el Reglamento. Es un bien de uso público y su administración solo puede ser otorgada y ejercida en armonía con el bien común, la protección ambiental y el interés de la Nación. WebNº 20190345344, sobre acreditación de disponibilidad hídrica, con fines de uso agrario; y, CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el numeral 7) del artículo 15° de la Ley Nº 29338 "Ley de los Recursos Hídricos", la Autoridad Nacional del Agua tiene la función de otorgar, modificar y extinguir ��W�� Z�J� Z��J ZZJ� Z�J� Z�J� Z�JB�5�WR�K@]]]@]]]@]]]@]]]@KI]@\t��:P��WP�RWP�RWP�RWP�RWP�WWPR�WP�WWPWWWPWWWPWWWPWWWPWWRP�RWP�WWPWWWPWRWP�WWPWWWPWWWPWWWPRWWPWWWP���'JZ� default WebLey Nº 29338 – Ley de Recursos Hídricos, Art. Decreto Legislativo N° 1195 Aprueba la Ley General de Acuicultura. w !1AQ"aq2�����#Bb���$3Rc��4Sr��� 0000004312 00000 n
La Autoridad Nacional, en coordinación con el Consejo de Cuenca y el Ministerio del Ambiente, promueve los mecanismos de protección de la cuenca a fin de contribuir a la conservación y protección del agua y bienes asociados, así como el diseño de los mecanismos para que los usuarios de agua participen activamente en dichas actividades. 0000003170 00000 n
La servidumbre de agua es el gravamen que recae sobre un predio para el uso del agua. Publicación de la Ley N° 29338: 23/03/09. La Autoridad Nacional, con opinión del Consejo de Cuenca, promueve la reversión de los excedentes de recursos hídricos que se obtengan en virtud del cumplimiento de la presente norma, considerando para ello la normativa establecida por el Ministerio del Ambiente en la materia de su competencia. La Autoridad Nacional, conjuntamente con los Consejos de Cuenca respectivos, fomenta programas integrales de control de avenidas, desastres naturales o artificiales y prevención de daños por inundaciones o por otros impactos del agua y sus bienes asociados, promoviendo la coordinación de acciones estructurales, institucionales y operativas necesarias. Dentro de la planificación hidráulica se fomenta el desarrollo de proyectos de infraestructura para aprovechamientos multisectoriales en los cuales se considera el control de avenidas, la protección contra inundaciones y otras medidas preventivas. El Estado crea mecanismos para la participación de los usuarios y de la población organizada en la toma de decisiones que afectan el agua en cuanto a calidad, cantidad, oportunidad u otro atributo del recurso. WebLa verificación técnica de campo lo realiza constantemente la Autoridad Nacional del Agua, a través de sus órganos desconcentrados en el marco de la Ley de Recursos Hídricos … >> SEGUNDA.- Reconocimiento de los derechos de uso de agua. servidas sin tratamiento LEY DE RECURSOS HIDRICOS LEY N°29338 • Ley que regula el uso y gestión de los recursos hídricos. Un (1) representante de las municipalidades rurales. Se otorga de conformidad con las condiciones, actos y requisitos previstos en la Ley, el Reglamento y en la propia resolución de otorgamiento. Integran el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos: los Ministerios del Ambiente; de Agricultura; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Salud; de la Producción; y de Energía y Minas; los gobiernos regionales y gobiernos locales a través de sus órganos competentes; las organizaciones de usuarios agrarios y no agrarios; las entidades operadoras de los sectores hidráulicos, de carácter sectorial y multisectorial; las comunidades campesinas y comunidades nativas; y. las entidades públicas vinculadas con la gestión de los recursos hídricos. El Plan Nacional de los Recursos Hídricos contiene la programación de proyectos y actividades estableciendo sus costos, fuentes de financiamiento, criterios de recuperación de inversiones, entidades responsables y otra información relevante relacionada con la política nacional de gestión de los recursos hídricos. PRIMERA.- Seguridad de los bienes del dominio público. El agua excedente se entrega a la Autoridad Nacional para su distribución; faculta a ejercer las servidumbres previstas en esta Ley y de acuerdo con las actividades y tipo de uso del agua que realice el titular; es inherente al objeto para el cual fue otorgado; y. las licencias de uso no son transferibles. Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, Art. WebQue, de conformidad con el artículo 21º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional … El Estado respeta los usos y costumbres de las comunidades campesinas y comunidades nativas, así como su derecho de utilizar las aguas que discurren por sus tierras, en tanto no se oponga a la Ley. Las Autoridades Administrativas del Agua resuelven en primera instancia administrativa los asuntos de competencia de la Autoridad Nacional. >> stream WebLey de Recursos Hídricos Ley N° 29338 Dirección de Gestión Estratégica 1 Ley de Recursos Hídricos LEY Nº 29338 DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA … 29º y 37º. 1 0 obj
WebNº 20190345344, sobre acreditación de disponibilidad hídrica, con fines de uso agrario; y, CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el numeral 7) del artículo 15° de la Ley Nº 29338 "Ley de los Recursos Hídricos", la Autoridad Nacional del Agua tiene la función de otorgar, modificar y extinguir Sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, para la aprobación de los estudios de impacto ambiental relacionados con el recurso hídrico se debe contar con la opinión favorable de la Autoridad Nacional. 0000005453 00000 n
La Autoridad Nacional, en coordinación con la Autoridad del Ambiente, debe desarrollar estrategias y planes para la prevención y adaptación a los efectos del cambio climático y sus efectos sobre la cantidad de agua y variaciones climáticas de orden local, regional y nacional. … - … WebLey de Recursos Hídricos: Ley N° 29338 Descripción del Articulo Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos que consta de doce títulos, doscientos ochenta y siete artículos, nueve Disposiciones Complementarias Finales y diez Disposiciones Complementarias Transitorias. Comprende el agua superficial,sub - terránea, continental y los bienes asociados a esta. La Autoridad Nacional lleva un registro de todas las organizaciones de usuarios establecidas conforme a ley. Estas entidades deben articular sus acciones conforme a las normas de la presente Ley y del Reglamento. La distribución de las aguas residuales tratadas debe considerar la oferta hídrica de la cuenca. Sistema nacional de gestión de los recursos hídricos, CAPÍTULO III. 0000020362 00000 n
0000025893 00000 n
/ La Autoridad Nacional debe entenderse como Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Consejo de Cuenca como Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca. Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, Art. Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento. El Poder Ejecutivo, con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros y del Ministro de Agricultura, aprueba el Reglamento de la presente Ley, y adecua el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario. Un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas. El uso poblacional consiste en la captación del agua de una fuente o red pública, debidamente tratada, con el fin de satisfacer las necesidades humanas básicas: preparación de alimentos y hábitos de aseo personal. La Autoridad Nacional puede promover las acciones civiles y penales según correspondan. WebSostenible de los Recursos Naturales. WebScribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo. Se sujeta a los plazos y formalidades establecidas en la Ley. 0000000016 00000 n
�$��@�gVP��. El otorgamiento, la modificación y la extinción de la autorización de uso se rigen por las disposiciones sobre licencia de uso. La Autoridad Nacional fija, cuando sea necesario, lugares o zonas de libre acceso. REQUISITOS Solicitud dirigida al Administrador Local de Agua. �0F�=��/`�Ĵ�� ���D����� ��x1$����$��4f�-�t�f�����(¢��N��4R���4&���X�IS� Ley de Recursos Hídricos Ley N°29338. 0000008907 00000 n
minsa / digesa. Los comités de usuarios son el nivel mínimo de organización. El Reglamento establece la oportunidad y periodicidad de las retribuciones económicas, las cuales constituyen recursos económicos de la Autoridad Nacional. También establece medidas para prevenir, controlar y remediar la contaminación del agua y los bienes asociados a esta. Contiene la Ley Nº 29338, la cual regula el uso y gestión de los recursos hídricos y comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta y se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable. xmp.did:270ae89e-2981-f84e-b0de-ba58e35fc70a uuid:33852560-7724-4ba3-bb21-f845649723ad El Estado garantiza la autonomía de las organizaciones de usuarios de agua y la elección democrática de sus directivos, con arreglo al Reglamento. 0000002873 00000 n
Fecha . Mediante decreto supremo, el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Autoridad Nacional, establece aquellos que requieran resguardo especial permanente. 0000000016 00000 n
<>/ProcSet[/PDF/Text/ImageB/ImageC/ImageI] >>/Annots[ 9 0 R] /MediaBox[ 0 0 612 792] /Contents 4 0 R/Group<>/Tabs/S/StructParents 0>>
Un (1) representante de la Autoridad Marítima Nacional. La Autoridad Nacional puede declarar zonas de veda y zonas de protección del agua para proteger o restaurar el ecosistema y para preservar fuentes y cuerpos de agua, así como los bienes asociados al agua. Esta norma pertenece a los compendios Base legal para solicitar certificado de parámetros urbanísticos, Sistema Nacional de Gestión de Recursos Humanos … El uso primario consiste en la utilización directa y efectiva de la misma, en las fuentes naturales y cauces públicos de agua, con el fin de satisfacer necesidades humanas primarias. No hay propiedad privada sobre el agua. application/pdf El uso productivo del agua consiste en la utilización de la misma en procesos de producción o previos a los mismos. x��Z�n�H��;��\�v�w0�"k-;��� ���m����`�O5�y�y���1�r��VU�i����"�BQ�����f�?�~x�i:?gΏ?��S�ayz��'����ǖ��'�9�O���n���Q��O�'{���ӓ/�e���3�Zٞ�ٮ��-��g���o��~��*�LZ[�}|��W�����'6�$�`˿���@*���E�!wۢ|�X���>Mki'Zڽ�' V��D�D.������gT�ٱu���īts�
�H������(����{.�{cXzM��=��m�>��� B�����Cs��h:���X̯�|tc��l�h��f���a����f7LcQ� El otorgamiento del derecho de uso de un determinado volumen de agua subterránea está sujeto a las condiciones establecidas en el Título IV y, cuando corresponda, al respectivo instrumento de gestión ambiental que establece la legislación vigente. Comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. Promueve el conocimiento y tecnología ancestral del agua. La presente Ley regula el uso y gestión de los recursos hídricos. /Resources << Los suscriptores pueden acceder a la versión informada de este caso. Final (Permiso de uso de agua residual en bloque). El Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos es parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y tiene por finalidad el aprovechamiento sostenible, la conservación y el incremento de los recursos hídricos, así como el cumplimiento de la política y estrategia nacional de recursos hídricos y el plan nacional de recursos hídricos en todos los niveles de gobierno y con la participación de los distintos usuarios del recurso. Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso, Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones, Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso. La organización de la Autoridad Nacional se rige por la presente Ley y su Reglamento. Promover la elaboración de estudios y la ejecución de proyectos y programas de investigación y capacitación en materia de gestión de recursos hídricos. Webambiental relacionados con los recursos hídricos) S. EXP. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: Planificar, dirigir y supervisar la administración general y la marcha de la Autoridad Nacional, liderando a nivel nacional la gestión integrada y multisectorial del uso del agua de acuerdo con lo dispuesto por la presente Ley; aprobar las políticas, planes y estrategias institucionales; aprobar el presupuesto, el plan operativo anual, la memoria anual, el balance general y los estados financieros de la Autoridad Nacional; y. Planificación de la gestión del agua, decreto legislativo nº 728 ley de productividad y competitividad laboral, recurso de revisión ley de enjuiciamiento civil, Interrelación con modelos, doctrina y jurisprudencia. x�b```b``vc`e``�e`@ 6 da�� ���9�Z8Z�8@�CT̈a�7�=\�x�Y�D��8{^�q���7���A�aK. La autorización de uso de agua es de plazo determinado, no mayor a dos (2) años, mediante el cual la Autoridad Nacional otorga a su titular la facultad de usar una cantidad anual de agua para cubrir exclusivamente las necesidades de aguas derivadas o relacionadas directamente con lo siguiente: La autorización de uso puede ser prorrogada por una única vez, por un plazo similar, siempre que subsistan las condiciones que dieron origen a su otorgamiento. La Autoridad Nacional, con opinión del Consejo de Cuenca, a solicitud de parte, siempre y cuando existan recursos hídricos excedentes y no se afecten derechos de uso de terceros, otorga licencias provisionales a los titulares de concesiones otorgadas por las entidades públicas competentes que tengan como fin la realización de estudios en cualquier actividad. La presente Ley regula el uso y gestión de los recursos hídricos. Comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. WebQue de acuerdo al numeral 2 del artículo 95° de la Ley de Recursos Hídricos Ley Nº 29338, dispone los criterios de auto sostenibilidad para los valores de las tarifas se fijan bajo criterios que permitan lo siguiente: a) Cubrir los costos de operación, mantenimiento, rehabilitación, mejoramiento y reposición de la Estructura orgánica de la autoridad nacional del agua, SUBCAPÍTULO III. ���콤\��� � ��?.>.�=]|�B-�-�^�^.�%�{�Z(|PK]�e�,[۔��Y�cuR���y����bmV�¬�oϋu�oo�ֿ�u�n���vtZQ�.O��x~���q��1W���jmY�?���bq�}�Jf:[�D�e2���#��~ٚ�����ة���_�v���a��l�Q`Ut��Uo���4n����5BW��cIW{���0iU�a��E�:Y��;���N4hy� >> La Autoridad Nacional, en materia de seguridad de la infraestructura hidráulica mayor, tiene a cargo las siguientes funciones: Coordina con el Consejo de Cuenca los planes de prevención y atención de desastres de la infraestructura hidráulica; elabora, controla y supervisa la aplicación de las normas de seguridad de las grandes presas públicas y privadas; y. elabora y controla la aplicación de las normas de seguridad para los demás componentes del sistema hidráulico público. 4�v�����b�lޠw��vk�'O�7Q�P�q�շE�:����>�`U� ��R6��\����Q�7��H���f|�U���?eL��n���౩ʺ�M][`����pwN�[�q��u�zp_.�z�>��Z�. Principio de participación de la población y cultura del agua. Su organización y composición son definidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional. El agua es parte integrante de los ecosistemas y renovable a través del ciclo hidrológico. Cuando el riesgo invocado para la declaratoria señalada afecte la salud de la población, se debe contar con la opinión sustentada y favorable de la Autoridad de Salud. Los cuerpos de agua pueden ser clasificados por la Autoridad Nacional teniendo en cuenta la cantidad y calidad del agua, consideraciones hidrográficas, las necesidades de las poblaciones locales y otras razones técnicas que establezca. WebMinistro de Agricultura y Riego Gustavo Eduardo Mostajo Ocola Viceministro de Políticas Agrarias William Alberto Arteaga Donayre Jefe de la Autoridad Nacional del Agua Ing. 40º (08/07/2010). Fundado hace más de 20 años, vLex proporciona contenido de alta calidad y un servicio muy intuitivo para abogados, despachos, instituciones gubernamentales y universidades de derecho alrededor del mundo. %PDF-1.6
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WebLEY DE RECURSOS HÍDRICOS. Autógrafa de Ley remitida al Poder Ejecutivo: 12/03/09. 3 0 obj Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que … El agua es un recurso natural renovable, indispensable para la vida, vulnerable y estratégico para el desarrollo sostenible, el mantenimiento de los sistemas y ciclos naturales que la sustentan, y la seguridad de la Nación. Autógrafa de Ley remitida al Poder Ejecutivo: 12/03/09. Forzosa.- Se constituye mediante resolución de la Autoridad Nacional. El agua constituye parte de los ecosistemas y es renovable a través de los procesos del ciclo hidrológico. ��ϴ�>��V�.i�ðCzcך]�^��$�ĔJ����r��'���ń��^4 En el caso de grandes obras hidráulicas y de trasvase entre cuencas, la Autoridad Nacional aprueba su ejecución. WebLEY DE RECURSOS HÍDRICOS LEY Nº 29338 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE … El permiso de uso sobre aguas residuales, otorgado por la Autoridad Nacional, es un derecho de uso de duración indeterminada, mediante el cual se otorga a su titular la facultad de usar una determinada cantidad de agua variable, proveniente de filtraciones resultantes del ejercicio del derecho de los titulares de licencias de uso. Para toda deuda impaga o ejecución incumplida de una obligación de hacer o no hacer a favor del Estado en virtud de la Ley, se utiliza el procedimiento de ejecución coactiva, de acuerdo con las normas especiales vigentes. %%EOF
Los integrantes son nombrados por resolución suprema. Principio de prioridad en el acceso al agua. xmp.did:270ae89e-2981-f84e-b0de-ba58e35fc70a Ley de Los Recursos Hídricos y Reglamento de Delimitación de Fajas Marginales. La Autoridad Ambiental respectiva, en coordinación con la Autoridad Nacional, establece los criterios y la relación de sustancias prohibidas. • Comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. La Autoridad Nacional, en coordinación con el Consejo de Cuenca, otorga reconocimientos e incentivos a favor de quienes desarrollen acciones de prevención de la contaminación del agua y de desastres, forestación, reforestación o de inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que coadyuven a la protección del agua y la gestión integrada del agua en las cuencas. WebLey de Recursos Hídricos LEY Nº 29338 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE RECURSOS HÍDRICOS TÍTULO … Las organizaciones tradicionales de estas comunidades tienen los mismos derechos que las organizaciones de usuarios. Fomenta el fortalecimiento institucional y el desarrollo técnico de las organizaciones de usuarios de agua. SEXTA.- Adscripción al Ministerio del Ambiente. Una fuente de agua puede ser declarada agotada por la Autoridad Nacional, previo estudio técnico. Promueve y vela por el respeto de las condiciones que otorgan seguridad jurídica a la inversión relacionada con su uso, sea pública o privada o en coparticipación. Está prohibido verter sustancias contaminantes y residuos de cualquier tipo en el agua y en los bienes asociados a ésta, que representen riesgos significativos según los criterios de toxicidad, persistencia o bioacumulación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. 5 0 obj
xmp.did:07939bf3-85a1-4896-8255-1393f2b4274a La solicitud y resolución administrativa de otorgamiento de permiso de uso contiene los mismos datos que los establecidos para la licencia de uso, cuando corresponda. Queda prohibido el vertimiento directo o indirecto de agua residual sin dicha autorización. WebAbancay, 22 de enero del 2013).-Diversos especialistas en recursos hídricos de la regiones de Apurímac y Cusco se reunirton hoy en la ciudad de Abancay para revisar la información hídrica de sus regiones, como parte del proceso de formulación del Plan Nacional de Recursos Hídricos, iniciado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA) en … El Estado consagra un régimen de derechos para el uso del agua. WebLEY DE RECURSOS HÍDRICOS. La Autoridad Nacional, a través de las Autoridades Administrativas del Agua, tiene presencia a nivel nacional; su designación, ámbito territorial y funciones son determinados en el Reglamento. /F2 9 0 R converted 2 0 obj
xmp.id:ce557216-7dc7-874e-b8c2-a31588134de4 Asimismo, implementa actividades de vigilancia y monitoreo, sobre todo en las cuencas donde existan actividades que pongan en riesgo la calidad o cantidad del recurso. Comp. <>/ProcSet[/PDF/Text]>>/Type/Page>>
00025-2009-PI/TC (Declaran infundada demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos) D.S.Nº 014-2011-EM (Dictan disposiciones relativas al cumplimiento del requisito de autorización de uso de aguas en el procedimiento para concesión de endobj
WebLa presente Ley regula el uso y gestión de los recursos hídricos. Dictan disposiciones referidas al otorgamiento de autorizaciones de vertimientos y de reusos de aguas residuales tratadas. 307 22
Cuando se presenten dos (2) o más solicitudes para un mismo uso y el recurso no fuera suficiente, la Autoridad Nacional, con la opinión del Consejo de Cuenca respectivo, define la prioridad para el otorgamiento y/o el uso o usos de agua que sirvan mejor al interés de la Nación, el desarrollo del país y el bien común, dentro de los límites y principios establecidos en la Ley. Son tipos de uso productivo los siguientes: Se podrá otorgar agua para usos no previstos, respetando las disposiciones de la presente Ley. WebLey de Recursos Hídricos LEY Nº 29338 CONCORDANCIAS: D.S N° 001-2010-AG (REGLAMENTO) OTRAS CONCORDANCIAS DIARIO DE LOS DEBATES - SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DEL 2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE … Asimismo, debe mantener actualizado un inventario de pozos y otras fuentes de agua subterránea. Los titulares de los derechos de uso de agua están obligados a contribuir al uso sostenible y eficiente del recurso mediante el pago de lo siguiente: Retribución económica por el uso del agua; retribución económica por el vertimiento de uso de agua residual; tarifa por el servicio de distribución del agua en los usos sectoriales; tarifa por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor; y. tarifa por monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas. WebLey de los Recursos Hídricos: Ley Nº 29338 Descripción del Articulo. 0000000736 00000 n
%&'()*56789:CDEFGHIJTUVWXYZdefghijstuvwxyz�������������������������������������������������������������������� � !1AQaq�"2�#3B���� El Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos desarrolla sus políticas en coordinación con el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Producción y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como con los gobiernos regionales y gobiernos locales, dentro del marco de la política y estrategia nacional de recursos hídricos. 0000004312 00000 n
La junta de usuarios tiene las siguientes funciones: Operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica. Consejo de Cuenca Interregional, cuando dentro del ámbito de la cuenca, existen dos (2) o más gobiernos regionales. 307 0 obj
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Forman parte del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos los proyectos especiales; los proyectos especiales hidráulicos e hidroenergéticos regionales, nacionales y binacionales; las autoridades ambientales competentes; las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología; y la Autoridad Marítima del Perú. %PDF-1.7
TERCERA.- Navegación, flotación, uso y actividades con agua de mar. 0000001703 00000 n
Declárase de interés nacional y necesidad pública la gestión integrada de los recursos hídricos con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de las cuencas hidrográficas y los acuíferos para la conservación e incremento del agua, así como asegurar su calidad fomentando una nueva cultura del agua, para garantizar la satisfacción de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Se extiende al agua marítima y atmosférica en lo que resulte aplicable. En los terrenos aledaños a los cauces naturales o artificiales, se mantiene una faja marginal de terreno necesaria para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, caminos de vigilancia u otros servicios. El Estado promueve la participación del sector privado en la construcción y mejoramiento de la infraestructura hidráulica, así como en la prestación de los servicios de operación y mantenimiento de la misma. 2019-03-04T15:03-05:00 Los valores de las tarifas se fijan bajo criterios que permitan lo siguiente: Cubrir los costos de operación, mantenimiento, rehabilitación, mejoramiento y reposición de la infraestructura existente y el desarrollo de nueva infraestructura; mejorar la situación socioeconómica de la cuenca hidrográfica; y. establecer su monto según rentabilidad de la actividad económica. Tiene la duración que hayan acordado las partes. xref
Las comisiones de usuarios constituyen las juntas de usuarios y se organizan de acuerdo con los criterios técnicos de la Autoridad Nacional. La Autoridad Nacional, en concordancia con los consejos de cuenca de la amazonía, vela por que, en las aguas existentes o que discurren por las áreas habitadas por pueblos indígenas en aislamiento voluntario o contacto inicial no se otorgue ningún derecho que implique uso, disposición o vertimientos en las mismas. 0000006257 00000 n
WebSegunda reimpresión sobre la Ley Nº 29338, que regula el uso y gestión de los recursos hídricos y comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes … >> Todo vertimiento de agua residual en una fuente natural de agua requiere de autorización de vertimiento, para cuyo efecto debe presentar el instrumento ambiental pertinente aprobado por la autoridad ambiental respectiva, el cual debe contemplar los siguientes aspectos respecto de las emisiones: Someter los residuos a los necesarios tratamientos previos. El monto de la compensación y la indemnización es determinado por acuerdo entre las partes o, en su defecto, lo fija la Autoridad Nacional. WebLey de Recursos Hídricos LEY Nº 29338 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE RECURSOS HÍDRICOS TÍTULO PRELIMINAR importancia del agua para la humanidad y los Artículo I.- Contenido La … stream
El Consejo Directivo es la máxima instancia de la Autoridad Nacional. <>
Para usar el recurso agua, salvo el uso primario, se requiere contar con un derecho de uso otorgado por la Autoridad Administrativa del Agua con participación del Consejo de Cuenca Regional o Interregional, según corresponda. WebApruébese el Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos que consta de doce títulos, doscientos ochenta y siete artículos, nueve Disposiciones Complementarias Finales y diez Disposiciones Complementarias Transitorias. False Ley N° 29338. WebQue, de conformidad con el artículo 21º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional … 0000001703 00000 n
La Autoridad Nacional es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos.
Las sanciones administrativas que la Autoridad Nacional imponga son independientes de la responsabilidad de naturaleza civil o penal correspondiente. Los Planes de Gestión de Recursos Hídricos en las Cuencas. /Type /Page Comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. Son requisitos para obtener un permiso de uso de agua los siguientes: Que el solicitante acredite ser propietario o poseedor legítimo del predio en el que hará uso eventual del recurso; y. que el predio cuente con las obras autorizadas de captación, conducción, utilización, avenamiento, medición y las demás que fuesen necesarias para el uso eventual del recurso. Comprende el uso de agua para la preparación de alimentos, el consumo directo y el aseo personal; así como su uso en ceremonias culturales, religiosas y rituales. La Autoridad Nacional, a pedido de parte o de oficio, declara la extinción de la servidumbre forzosa cuando: Quien solicitó la servidumbre no lleve a cabo las obras respectivas dentro del plazo otorgado; se demuestre que la servidumbre permanece sin uso por más de dos (2) años consecutivos; concluya la finalidad para la cual se constituyó la servidumbre; se destine la servidumbre, sin autorización previa, a fin distinto al solicitado; y. Las servidumbres de agua con fines energéticos y de saneamiento se regulan por sus leyes especiales. La Autoridad Nacional en coordinación con el Consejo de Cuenca, en el lugar y el estado físico en que se encuentre el agua, sea en sus cauces naturales o artificiales, controla, supervisa, fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental del Agua (ECA-Agua) y las disposiciones y programas para su implementación establecidos por autoridad del ambiente. 0000003909 00000 n
0000020362 00000 n
Los principios que rigen el uso y gestión integrada de los recursos hídricos son: Principio de valoración del agua y de gestión integrada del agua. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Principio de respeto de los usos del agua por las comunidades campesinas y comunidades nativas. Los Ministerios de Defensa y del Interior disponen, según corresponda, la asignación de personal necesario para los fines señalados en el segundo párrafo. << Los Consejos de Cuenca son de dos (2) clases: Consejo de Cuenca Regional, cuando el ámbito de la cuenca se localiza íntegramente dentro de un (1) solo gobierno regional. Los derechos de uso de agua previstos en la Ley se extinguen por lo siguiente: nulidad del acto administrativo que lo otorgó; resolución judicial consentida o ejecutoriada que disponga la extinción del derecho. CONCORDANCIAS: R.J. Nº 300-2011-ANA (Aprueban Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales). servidas sin tratamiento LEY DE RECURSOS HIDRICOS LEY N°29338 • Ley que regula el uso y gestión de los recursos … Tiene duración indefinida. Comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta. Las organizaciones titulares de licencias de uso de agua en bloque emiten certificados nominativos que representen la parte que corresponde de la licencia a cada uno de sus integrantes. %����
servidas sin tratamiento LEY DE RECURSOS HIDRICOS LEY N°29338 • Ley que regula el uso y gestión de los recursos hídricos. Esta realidad se debe al crecimiento y la mayor migración de la población rural hacia los … 0000003909 00000 n
REQUISITOS Solicitud dirigida al Administrador Local de Agua. Para promover el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos, la Autoridad Nacional puede organizar concursos de mejores prácticas, realizar pasantías, otorgar premios, difundir experiencias exitosas y promover el uso de equipos y tecnologías innovadoras. Se ejerce mediante derechos de uso de agua otorgados por la Autoridad Nacional. La Autoridad Nacional, con opinión del Ministerio del Ambiente, puede declarar zonas intangibles en las que no se otorga ningún derecho para uso, disposición o vertimiento de agua. x^�[�r�
��S�q����$������;�ػ����ʡe�XUI�W��}��þ@n9���o{ Promueve programas de educación, difusión y sensibilización, mediante las autoridades del sistema educativo y la sociedad civil, sobre la importancia del agua para la humanidad y los sistemas ecológicos, generando conciencia y actitudes que propicien su buen uso y valoración. La Autoridad Nacional promueve la inclusión en el plan de estudios regular del Sector Educación de asignaturas respecto a la cultura y valoración de los recursos hídricos, su aprovechamiento eficiente así como su conservación e incremento. La declaratoria de extinción de los derechos de uso de agua determina la reversión al dominio del Estado de los volúmenes otorgados. El uso del agua debe ser óptimo y equitativo, basado en su valor social, económico y ambiental, y su gestión debe ser integrada por cuenca hidrográfica y con participación activa de la población organizada. En el caso de cese temporal o permanente del uso, los titulares de estos derechos están obligados, bajo responsabilidad, a tomar las medidas de seguridad necesarias que eviten daños a terceros. 0000006143 00000 n
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El titular de la servidumbre de agua está obligado a construir y conservar las obras que fueran necesarias para el ejercicio de la misma y tiene derecho de paso con fines de vigilancia y conservación de las referidas obras. El Estado reconoce y respeta el derecho de las comunidades campesinas y comunidades nativas de utilizar las aguas existentes o que discurren por sus tierras, así como sobre las cuencas de donde nacen dichas aguas, tanto para fines económicos, de transporte, de supervivencia y culturales, en el marco de lo establecido en la Constitución Política del Perú, la normativa sobre comunidades y la Ley. Actualizado cada día, vLex reúne contenido de más de 750 proveedores dando acceso a más de 2500 fuentes legales y de noticias de los proveedores líderes del sector. <>
Webla presente ley tiene por objeto regular la conservación y protección de las cabeceras de cuenca, incorporando en el artículo 75 de la ley 29338, ley de recursos hídricos, el … Web121º de la Ley Nº 29338 “Ley de Recursos Hídricos”-, concordante con el artículo 278º del Decreto Supremo N° 001-2010-AG, al amparo de lo establecido en el numeral 7., del artículo 248º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444. La presente Ley tiene por finalidad regular el uso y gestión integrada del agua, la actuación del Estado y los particulares en dicha gestión, así como en los bienes asociados a esta. Usos de los recursos hídricos, CAPÍTULO III. El uso del agua subterránea se efectúa respetando el principio de sostenibilidad del agua de la cuenca. Los requisitos, procedimiento y criterios para la selección de los proyectos se establecen en el Reglamento. "!# #$$# #$$$$$$$,,,,,,44444====DDDDDD"! ... Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, Reglamento de Organización y Funciones de la ANA, Art. DÉCIMA SEGUNDA.- Programa de adecuación y manejo ambiental. Voluntaria.- Se constituye por acuerdo con el propietario del predio sirviente para hacer efectivo el derecho de uso de agua pudiendo pactarse a título gratuito u oneroso. WebDesvío de agua para Descarga de aguas regar cultivos. WebLEY DE RECURSOS HÍDRICOS LEY Nº 29338 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE … Asimismo, realiza el análisis de vulnerabilidad del recurso hídrico, glaciares, lagunas y flujo hídrico frente a este fenómeno. Los decretos supremos que crean los Consejos de Cuenca Regional o Interregional establecen su estructura orgánica y su conformación, la que considera la participación equilibrada de los representantes de las organizaciones de usuarios y de los gobiernos regionales y gobiernos locales que lo integran.
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