c) El libro del residente como soporte operativo de la evaluación formativa del residente. A los enfermeros y ayudantes técnicos sanitarios que pretendan acceder al título de la especialidad de Enfermería de Salud Mental al amparo de lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, les será aplicable dicha disposición con las siguientes peculiaridades: a) El plazo de presentación de solicitudes para acceder al título de especialista será de seis meses desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto. 1. – Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología. WebPontevedra es una ciudad y municipio de España, capital de la provincia homónima. Buscar; ... Tratamiento de las varices sin cirugía gracias a la evolución tecnológica de los últimos años. WebBOE-A-2008-3176 Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. f) Las personas titulares de las gerencias o direcciones de los centros sanitarios donde se lleven a cabo las estancias formativas, con carácter previo a la iniciación de las mismas, verificarán que: 1.º La persona interesada no haya sido suspendido o inhabilitado para el ejercicio de su profesión o especialidad en el país de origen y la ausencia de antecedentes por delitos sexuales. d) Aparato Circulatorio al actual de Cardiología. 1. En aplicación del principio rector que se establece en el artículo anterior, los residentes se someterán a las indicaciones de los especialistas que presten servicios en los distintos dispositivos del centro o unidad, sin perjuicio de plantear a dichos especialistas y a sus tutores cuantas cuestiones se susciten como consecuencia de dicha relación. Este real decreto constituye un paso más en el citado proceso, con un doble objetivo, por un lado, avanzar en la implantación del modelo general de formación sanitaria especializada diseñado por la mencionada ley y, por otro, potenciar las estructuras docentes, incidiendo en aquellos aspectos básicos que, tanto desde el punto de vista organizativo como desde el docente-asistencial, inciden en el proceso de aprendizaje de los especialistas en formación, en la medida en que dicho proceso conduce a la obtención de un título de especialista que, de acuerdo con el artículo 16.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, tiene carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado. La repetición completa del año requerirá el informe previo de la correspondiente comisión de docencia y será resuelta por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Los cambios de especialidad se inscribirán en el Registro Nacional de Especialistas en Formación. d) Las estancias se autorizarán por un plazo máximo de un año. 2. Un año después, en 1991, los doctores hispanoamericanos Jacobs y Plasencia publican las primeras operaciones en el mundo de cáncer de colon por laparoscopia. 4. Se entenderá por centro sanitario docente, el hospital, agrupación de hospitales, centros de salud, agrupación funcional de unidades docentes, agrupaciones territoriales docentes de recursos sanitarios u otras entidades, creadas a iniciativa de las comunidades autónomas, para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. Ref. 3. El reconocimiento de los títulos de especialista obtenidos en Estados miembros de la Unión Europea o en Estados en los que resulte de aplicación la libre circulación de trabajadores y la libertad de establecimiento y libre prestación de servicios de los profesionales, se atendrá a lo que establezcan las normas comunitarias y las españolas de desarrollo reguladoras de dicho reconocimiento. Maestría en Gerencia en Servicios de Salud. 9. 2.º Informe de la comisión de docencia del centro español de acogida, en el que se haga constar la aceptación de la persona interesada y que dicha aceptación no perjudica la capacidad docente del centro. ... El contenido íntegro del presente documento es propiedad exclusiva del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de la república de guatemala, por lo que toda reproducción total o parcial del mismo queda terminantemente prohibida, salvo que exista autorización expresa de la jefatura del … El cambio de especialidad requerirá los informes de la comisión de docencia del centro o unidad donde el solicitante se esté formando y del centro o unidad de destino, así como de las comisiones nacionales de las dos especialidades implicadas. Ref. La Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud coordinará las auditorías, informes y propuestas necesarios para acreditar las unidades docentes y para evaluar, en el marco del Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud y del Plan Anual de Auditorías Docentes, el funcionamiento y la calidad del sistema de formación, para lo cual podrá recabar la colaboración de las agencias de calidad de las comunidades autónomas, de sus servicios de inspección y de los profesionales que con autorización de la correspondiente comunidad autónoma estén acreditados como auditores por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud para realizar dichas funciones. De conformidad con lo previsto en el artículo 27.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, corresponde a las comunidades autónomas, dentro de los criterios generales que fije la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, determinar la dependencia funcional, composición y funciones de las comisiones de docencia. 5. Las evaluaciones anuales negativas podrán ser recuperables, en los supuestos previstos en el artículo 22.1 y 2 de este real decreto, y no recuperables, en los supuestos previstos en el apartado 3 de dicho artículo. Así mismo, se ha creado un grupo de trabajo específico de cirugía … A este respecto, este real decreto, al desarrollar la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, regula aspectos básicos y fundamentales en el sistema de formación sanitaria especializada como los referidos a la figura del tutor, a las unidades docentes, a las comisiones de docencia o a los aspectos pormenorizados de los procedimientos de evaluación que se insertan en el marco de las previsiones contenidas en la disposición adicional quinta del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, cuya finalidad es la de garantizar los derechos de los residentes en las evaluaciones negativas, así como posibilitar un tratamiento común y coordinado con el Registro Nacional de Especialistas en Formación que garantice el principio de igualdad en el acceso al título de especialista, cualquiera que sea la unidad docente, de las múltiples acreditadas para la formación, en la que siguen sus programas formativos el elevado número de residentes con los que cuenta el sistema. [3] Se ubica en el noroeste de la península ibérica, en la comunidad autónoma de Galicia.. Es una ciudad administrativa, monumental, [4] [5] [6] turística y de servicios. La prórroga del periodo formativo o la repetición del año conllevarán la prórroga del contrato por el período que en cada caso corresponda. t) Puericultura y Pediatría al actual de Pediatría y sus áreas específicas. WebAcademia.edu is a platform for academics to share research papers. BOE-A-2020-8682. La autorización de rotaciones externas requerirá el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Ser propuestas por el tutor a la comisión de docencia con especificación de los objetivos que se pretenden, que deben referirse a la ampliación de conocimientos o al aprendizaje de técnicas no practicadas en el centro o unidad y que, según el programa de formación, son necesarias o complementarias del mismo. Se modifica el apartado 1 por la disposición adicional 3 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto. BOE-A-2014-8497. – Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. j) Cirugía Pulmonar al actual de Cirugía Torácica. La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, ha incorporado, fundamentalmente a través del capítulo III de su título II, importantes modificaciones en el panorama de la formación especializada en ciencias de la salud que necesariamente han conducido a un replanteamiento global y progresivo de las disposiciones que hasta su aprobación han venido regulando la materia. El Real Decreto 2708/1982, de 15 de octubre, por el que se regulan los estudios de especialización y la obtención del título de farmacéutico especialista, sin perjuicio de lo previsto en la disposición derogatoria segunda y en la disposición transitoria tercera de este real decreto, respecto a las especializaciones farmacéuticas en régimen de alumnado. El Real Decreto 2490/1998, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula el título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, excepto la disposición adicional tercera y las disposiciones transitorias primera, segunda, tercera y cuarta, hasta tanto concluyan los procedimientos de acceso al citado título por las mencionadas vías transitorias. Las personas especialistas en Ciencias de la Salud deberán realizar formación continuada y acreditarán periódicamente su competencia profesional, conforme a lo establecido en el artículo 4.6 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. Tu salud bajo control. En los mencionados planes de gestión de calidad se contará con la necesaria participación de los residentes que anualmente evaluarán, a través de encuestas o de otros instrumentos que garanticen el anonimato, el funcionamiento y adecuación de los recursos humanos, materiales y organizativos de la unidad en la que se estén formando, así como el funcionamiento, desde el punto de vista docente, de las distintas unidades asistenciales y dispositivos por los que roten durante sus períodos formativos. Ref. El Real Decreto 139/2003, de 7 de febrero, por el que se actualiza la regulación de la formación médica especializada, excepto su disposición transitoria primera que seguirá en vigor, hasta tanto concluya el procedimiento de acceso al título de médico especialista en Medicina del Trabajo, regulado por la misma. Las evaluaciones anuales negativas se producirán en los siguientes supuestos: 1. Desde 2006 pertenece al equipo de Ribera Povisa donde ha sido Coordinador Médico, Jefe de recepción y Adjunto a la Dirección Asistencial desde 2011 El Ministerio de Sanidad, a la vista de la evaluación que se cita en el apartado anterior, expedirá una certificación acreditativa de la misma. La demora media total para pasar por quirófano en los hospitales valencianos se situó en noviembre en 88 días, lo que supone 10 menos que en el mes de octubre, cuando estaba en 98 días, y 6 menos que en noviembre del año pasado, que era 94, según datos de la … WebNezahualcóyotl (también conocida como Ciudad Nezahualcóyotl o Ciudad Neza) es una ciudad mexicana y uno de los 125 municipios que conforman el Estado de México.Se localiza al oriente de la Ciudad de México en la región oriente del Estado de México, por lo cual forma parte de la zona metropolitana del Valle de México.Tiene una superficie de … BOE-A-2014-8497. [4] Área de asistencia. b) Los requisitos establecidos en el apartado 2 de la mencionada disposición transitoria segunda deberán reunirse con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sin perjuicio de que la formación complementaria pueda desarrollarse en el plazo de presentación de solicitudes previsto en el anterior párrafo a). Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 5, apartados 2 y 3, el programa formativo se seguirá en la misma unidad docente acreditada en la que el residente haya obtenido plaza en formación. 2. El comité de evaluación, a la vista del expediente completo de todo el periodo de residencia, levantará acta otorgando a cada residente una de las siguientes calificaciones: No podrá evaluarse negativamente a aquellas personas especialistas en formación que hayan obtenido una evaluación positiva en todos los años del período de residencia. Con carácter previo a la resolución de dichas solicitudes por el Ministerio de Educación y Ciencia, la comisión nacional de la especialidad que se desea obtener emitirá informe motivado sobre cada una de ellas. WebLa compañia sanitaria líder con hospitales, clínicas y residencias en toda España. 3. 2. WebRegistro General de centros, servicios y establecimientos sanitarios Subdirección General de Información Sanitaria e Innovación 3. La unidad docente se define como el conjunto de recursos personales y materiales, pertenecientes a los dispositivos asistenciales, docentes, de investigación o de cualquier otro carácter que, con independencia de su titularidad, se consideren necesarios para impartir formación reglada en especialidades en Ciencias de la Salud por el sistema de residencia, de acuerdo con lo establecido en los programas oficiales de las distintas especialidades. La Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud y las comunidades autónomas colaborarán y se facilitarán mutuamente la información necesaria para llevar a cabo la evaluación de centros y unidades docentes. BOE-A-2021-13266, Se modifica el apartado 1 por la disposición final 5.2 del Real Decreto 704/2020, de 28 de julio. A estos efectos, se tendrán en cuenta, entre otros factores, la experiencia profesional continuada como especialista, la experiencia docente, las actividades de formación continuada, la actividad investigadora y de mejora de calidad, la formación específica en metodologías docentes, así como el resultado de las evaluaciones de calidad y encuestas sobre el grado de satisfacción alcanzado. 3. Ref. La evaluación final positiva del periodo de residencia dará derecho a la obtención del título de especialista, por lo que una vez notificada al Registro de Especialistas en Formación al que se refiere el artículo 32.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, se iniciarán los trámites para la expedición por el Ministerio de Sanidad. El Ministerio de Sanidad, excepcionalmente, a petición fundada de la persona interesada y previo informe de la correspondiente comunidad autónoma, podrá autorizar, por una sola vez, el cambio de especialidad que se esté cursando en el mismo centro o en otro de la misma comunidad autónoma, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: a) Que exista plaza vacante acreditada en la especialidad que se solicita. BOE-A-2014-8497. La comisión nacional de la correspondiente especialidad diseñará la estructura básica del libro del residente, que será aprobado por el Ministerio de Sanidad y Consumo, correspondiendo a la comisión de docencia garantizar la adaptación individual de su contenido (plan individual de formación) a la guía o itinerario formativo aprobado por ella a propuesta de los tutores de cada especialidad. 4. Las comisiones de docencia extenderán su ámbito de actuación a un centro o unidad docente. 4. Dicho criterio se aplicará a las unidades docentes de carácter multiprofesional que se citan en el anexo II de este real decreto. 3. c) La fecha de concesión del título, que será la misma para todos los residentes de la misma promoción y especialidad, salvo los supuestos de repetición de curso, revisión de las evaluaciones, u otras causas de prórroga o suspensión del período formativo previstas en este real decreto y en la legislación que regula la relación laboral especial de residencia. WebLicenciado en medicina y Cirugía por la Universidad de Santiago de Compostela, Álvaro continuó su carrera profesional compatibilizando actividad pública y privada. De conformidad con lo previsto en el artículo 10.4 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, las comunidades autónomas regularán sistemas de reconocimiento específico de la acción tutorial en sus respectivos servicios de salud. Las solicitudes de acceso al título de especialista en Enfermería de Salud Mental presentadas al amparo de la redacción anterior de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, mantendrán su validez, sin perjuicio de que los interesados puedan añadir la documentación que consideren oportuna para completar la acreditación de los requisitos exigidos en cada supuesto en los términos previstos en los párrafos a) y b) del anterior apartado 1. Por lo que se refiere al ámbito de la formación especializada, el primer paso en este proceso de reforma lo ha constituido la aprobación, en cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 20.f) en relación con la disposición adicional primera de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud, que por primera vez, y de una forma sistemática y pormenorizada, regula los aspectos laborales de la necesaria relación que une a los especialistas en formación con los centros en los que se están formando durante el tiempo que dura la impartición del correspondiente programa formativo. 2. Se consideran actividades sanitarias, de acuerdo con el artículo 4.3 de la Ley 44/2003, de 21 noviembre, la asistencial, investigadora, docente, de gestión clínica, de prevención y de información y educación sanitarias. u) Radioterapia al actual de Oncología Radioterápica. v) Rehabilitación al actual de Medicina Física y Rehabilitación. g) Cirugía General al actual de Cirugía General y del Aparato Digestivo. Este año incorpora Concepción, Antofagasta e Iquique. La evaluación negativa del periodo de recuperación no tendrá carácter recuperable y supondrá la extinción del contrato salvo que el residente solicite la revisión de la evaluación en los términos previstos en el artículo 24 y su resultado fuera positivo. WebNormas De Atencion 2018 [143g07z18gnj]. La diferenciación de las heridas, la fijación con placas, clavos y círculos metálicos en el caso de fracturas, la limpieza de las heridas, los colgajos y el uso de tracción, empleado por los ingleses, disminuyeron las amputaciones y la mortalidad. En las especialidades en Ciencias de la Salud de nueva creación y las que a la entrada en vigor de este real decreto no se hayan desarrollado o estén en período de implantación, los requisitos exigidos en el artículo 11.5 para el nombramiento de tutores se sustituirán por una experiencia acreditada que se corresponda con el ámbito profesional de la especialidad de que se trate, en los términos que determinen los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Educación y Ciencia al aprobar los requisitos generales de acreditación de cada una de ellas. 2. Las comisiones de docencia elaborarán protocolos escritos de actuación para graduar la supervisión de las actividades que lleven a cabo los residentes en áreas asistenciales significativas, con referencia especial al área de urgencias o cualesquiera otras que se consideren de interés. WebTambién podemos señalar que en los establecimientos públicos que cuentan con Servicios de Pensionado, ... CRS y hospitales), los beneficiarios en tramos Fonasa A y B no pagan, mientras que los tramos C y D pagan un 10% y 20%, ... • Cirugía Maxilofacial • Entre otras. 2. 2. Asimismo, la modificación del artículo 5.1.b) del Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, relativo a los descansos entre jornadas de los residentes, a través de la disposición final primera de este real decreto, ha determinado que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sea coproponente de esta norma, al mismo tiempo que ha propiciado la participación del Foro Marco para el Dialogo Social al que se refiere el artículo 35.3.a) de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, dando trámite de audiencia a las organizaciones sindicales representadas en el mismo. Las características de la infraestructura física, instalaciones, mobiliario y equipo con que cuentan los hospitales y consultorios para la atención médica especializada a … Ref. La presidencia de las comisiones de docencia la ostentará el jefe de estudios de formación especializada al que corresponderá la dirección de las actividades de planificación, organización, gestión y supervisión de la docencia especializada, por lo que las comunidades autónomas garantizarán su adecuada capacitación regulando el procedimiento para su designación y desempeño, en el marco de lo previsto en el artículo 10 de la Ley 44/ 2003, de 21 de noviembre, y con sujeción a los criterios comunes que fije la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud. Miembro titular de la Sociedad Peruana de Prótesis Dental y Maxilofacial. 1. En efecto, la mencionada ley plantea nuevos retos al sistema formativo de las especialidades en Ciencias de la Salud a fin de conseguir su modernización y una mejor adaptación del mismo a la definitiva consolidación del Estado de las autonomías, cuyos servicios de salud, que son agentes imprescindibles de dicho sistema, demandan una formación especializada más flexible y permeable que favorezca, al mismo tiempo, una visión multiprofesional y multidisciplinar de conjunto, más acorde con la realidad de nuestros días, sin perder por ello los grandes logros conseguidos que han hecho que la formación de especialistas haya sido una de las claves del reconocido prestigio y alto nivel profesional y científico que actualmente tiene nuestro Sistema Nacional de Salud. Se consideran rotaciones externas los períodos formativos, autorizados por el órgano competente de la correspondiente comunidad autónoma, que se lleven a cabo en centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada al centro o unidad docente. 11. 4. Los órganos de dirección de los distintos centros, los responsables de los dispositivos en los que se imparta la formación y las comisiones de docencia estarán obligados a informarse mutuamente sobre las actividades laborales y formativas de los residentes, a fin de decidir conjuntamente su adecuada integración con la actividad asistencial del centro o dispositivo de que se trate. 5. Se modifica por la disposición final 2.7 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio. En todo caso, corresponde a las comunidades autónomas, cualquiera que sea la titularidad, pública o privada, del centro que haya adoptado la mencionada iniciativa, informar y trasladar las solicitudes de acreditación al Ministerio de Sanidad y Consumo. 3. Doctora en Salud Pública. 6. Las previsiones contenidas en este apartado se adaptarán a las circunstancias específicas de supervisión en las especialidades cuya duración sea de un año. En los procedimientos de revisión, la presidencia de la comisión de docencia se asumirá por el vicepresidente si lo hubiere o, en su caso, por el vocal que corresponda en aplicación de lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 2. 1. a) Unidades docentes de Salud Mental en las que se formarán médicos especialistas en Psiquiatría, médicos especialistas en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, psicólogos especialistas en Psicología Clínica y enfermeros especialistas de Salud Mental. 3. c) Unidades docentes de Atención Familiar y Comunitaria en las que se formarán médicos especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria y enfermeros especialistas en Enfermería Familiar y Comunitaria. Modificación publicada el 06/08/2014, en vigor a partir del 07/08/2014. BOE-A-2020-8682. 1. 3.º El profesional se someta a un examen médico en un centro sanitario español con el fin de verificar el estado de salud del profesional, la ausencia de enfermedades infecto-contagiosas y las vacunas que se consideren pertinentes. El perfil profesional del tutor se adecuará al perfil profesional diseñado por el programa formativo de la correspondiente especialidad. 4. Las comisiones de docencia son los órganos colegiados a los que corresponde organizar la formación, supervisar su aplicación práctica y controlar el cumplimiento de los objetivos previstos en los programas formativos de las distintas especialidades en Ciencias de la Salud. Se modifican los apartados 2 a 4 por la disposición final 2.4 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio. El desarrollo de las especialidades sanitarias se ha producido alrededor de una norma tan nuclear como el Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista, que, sin duda, ha sido un elemento clave en el prestigioso desarrollo de nuestro sistema sanitario. Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.2 del Real Decreto 639/2014, de 25 de julio. Ref. d) Por un profesional que preste servicios en el centro o unidad de que se trate, con el título de especialista que en cada caso corresponda, designado por la comisión de docencia. En caso de que la solicitud de cambio de especialidad se deba a una incapacidad laboral sobrevenida durante la residencia que impida seguir cursando la especialidad adjudicada pero que permita cursar la especialidad a la que pretende cambiar, la petición podrá realizarse en cualquier año de formación. Cuando así lo aconsejen las condiciones específicas de una unidad, se adoptarán, con sujeción al mismo procedimiento que se cita en el apartado anterior, medidas provisionales, como la suspensión de la acreditación u otras medidas cautelares, hasta tanto se subsanen las deficiencias detectadas en la unidad docente de que se trate. Los títulos de especialista en Ciencias de la Salud además de las características previstas para ellos en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y de las que corresponden a dichos títulos como consecuencia de su carácter oficial, se expedirán en formato electrónico por el Ministerio de Sanidad, en los que se hará constar: a) La titulación o ámbito de la titulación que ha dado acceso a plaza de especialista en formación. BOE-A-2022-12015. Lo mejor de la Sanidad es un portal de información profesional para médicos y resto de profesionales sanitarios 4. Cirujano dental. Sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria primera, el presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este informe debe contener: a) Informes de evaluación formativa, incluyendo los informes de las rotaciones, los resultados de otras valoraciones objetivas que se hayan podido realizar durante el año de que se trate y la participación en cursos, congresos, seminarios o reuniones científicas relacionados con el correspondiente programa. En el informe de la comisión de docencia de origen se harán constar las actividades llevadas a cabo por el residente en el centro o unidad, según lo previsto en el correspondiente programa formativo. Evaluación anual negativa debida a reiteradas faltas de asistencia no justificadas, a notoria falta de aprovechamiento o a insuficiencias de aprendizaje no susceptibles de recuperación. 5. Corresponde al Ministerio de Sanidad, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa vigente en materia de extranjería e inmigración respecto a la situación jurídica de los extranjeros en España, la autorización de estancias formativas temporales a personas graduadas y especialistas en activo en países con los que se haya suscrito convenios de colaboración cultural, con sujeción a los siguientes requisitos: a) La autorización de estas estancias no requerirá la homologación o reconocimiento del título oficial de grado o equivalente y, en su caso, el de especialista que ostente la persona solicitante, sin perjuicio de su necesaria validación por el Ministerio de Sanidad, a fin de constatar que el título que se ostenta se corresponde con el que en el país de origen habilita para el ejercicio de la profesión sanitaria o especialidad de que se trate y que el profesional está habilitado para el ejercicio profesional en el país de origen y no tiene antecedentes por delitos sexuales. 6. Este real decreto constituye, por tanto, un marco general que permitirá seguir avanzando en el proceso de adaptación del sistema a las previsiones de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, que en un futuro próximo se completará con otras normas de desarrollo de la misma sobre cuestiones igualmente importantes en la configuración del sistema, como son, entre otras, la modificación de las pruebas de acceso, la incorporación progresiva de criterios de troncalidad en la formación de especialidades médicas, la regulación de las áreas de capacitación específica; asuntos estos que requieren un mayor grado de definición, análisis y diálogo con todos los agentes implicados en la formación de especialistas. La supervisión de residentes de primer año será de presencia física y se llevará a cabo por los profesionales que presten servicios en los distintos dispositivos del centro o unidad por los que el personal en formación esté rotando o prestando servicios de atención continuada. WebLa Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 27.3, establece que mediante real decreto se determinarán, con carácter básico, las garantías mínimas de seguridad y calidad que, acordadas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, deberán ser exigidas para la regulación y …
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