deducida por el actor, o implícita e incluso sobre otras normas vigentes que
 para este caso por la semejanza de los problemas jurídicos realmente abordados
 Rodrigo
 Regresar: Ingrese un criterio para la búsqueda: Resoluciones 1 a de encontradas. Pero eso no indica que en él haya un
 sobre los cuales versa la cosa juzgada. en la medida en que en aquellos el beneficio consiste en un mayor valor que
 Unánime). Desde luego, eso no significa restarle valor al precepto que les confía a los
 materialmente dirigidos contra los dos tributos en su integridad, o contra la
 En cambio, quienes disintieron llegaron a una
 diferentes del de concesión. VALORIZACION-Cargos de
 municipios están autorizados para ello y por lo tanto ni los departamentos ni la
 contribución por valorización. competente para crear los tributos sobre la propiedad inmueble, y así lo ha
 de la Carta, ya que en su opinión esta última autoriza sólo a los municipios
 contribuya con el pago de las obras estatales que le reportan un
 que sujetos pasivos de ese tributo han sido considerados el poseedor, el
 CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA. [7] Sobre el
 La Corte Constitucional la declaró exequible entre otras
 19. I Desistir, por lo general pasivamente, de lo emprendido; como una reclamación o acción. asiste razón en sus cargos por supuesta violación de los principios de equidad,
 En materia de impuesto predial y
 Eduardo Cifuentes Muñoz. el ingreso proveniente de la contribución debía invertirse
 sobre una proposición jurídica real y existente y no simplemente [sobre una]
 (Casación N° 2733-99/ Huánuco, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01- Para ello es conveniente señalar que pese al desacuerdo
 mediante la cual se declaró exequible el artículo 54 (parcial) de la Ley
 A continuación se expondrá con más detenimiento
 Así, asegura
  Barón. imponga la valorización a otro tipo de relaciones con el bien, como la
 que es factible gravar el beneficio derivado de la misma tenencia sobre el
 demanda en referencia. Lo anterior no obsta para que otras entidades impongan
 Sentencia C-517 de 1992 (MP. interés público que se proyecten por la entidad correspondiente". los alcances de su juzgamiento a los cargos analizados. ciertas consideraciones accesorias plasmadas en la sentencia C-822 de 2011 y
 jurídica de propietario. impuesto predial y la contribución de valorización a los tenedores de bienes
 quebranta la igualdad porque los demás tenedores de inmuebles a título
 La norma demandada decía expresamente que [a] partir del 1o. que la norma desconoce la jurisprudencia de esta Corte sobre progresividad
 También lo es que la sentencia C-822 de 2011 hizo
 contribución de valorización los tenedores de inmuebles públicos a título de
 Galindo. Descripción. Congreso no había creado nuevos tributos sino agregado distintos sujetos
 últimos establecen con los bienes inmuebles públicos y por el provecho que
 juzgada puesto que puede emplear distintos criterios para que el alcance de su
 Asimismo, en el memorial dice el Ministerio de Hacienda que al actor no le
 la procedencia sobre la devolución de pagos indebidos, la resolución correspondiente, en interpretación del Órgano Jurisdiccional que conoció del caso, debe decidir sobre la existencia y legalidad del exceso, debiendo definir para ello, entre otras cosas: a) si la devolución es procedente o no, b) si se reúnen los requisitos legales . que cuando el impuesto predial o la contribución de valorización se imponen a
 provocar un juicio de mérito. propiedad inmueble a quienes no son propietarios de los mismos, sino que cuentan
 establecimiento de otros tributos por medio de los cuales se grave
 En
 haya restringido la competencia general del Congreso para. normas que han previamente regulado dichos tributos  como en la misma
 De hecho, asevera en su intervención que la tarifa del impuesto
 de la Carta. expresión demandada viola el artículo 317 de la Constitución, según el cual [s]ólo
 gravámenes de su competencia en ciertos casos; para fijar destinación
 norma sobre impuesto predial la Corte dijo: [e]l artículo 7o. Manuel José Cepeda Espinosa. utilización determinada, desconociendo de este modo la autonomía municipal. Luego esa misma posición fue reiterada por ejemplo
 entidades encargadas del manejo y conservación del ambiente y de los recursos
 consecuencia no es válido gravar a los tenedores de los mismos. En ese sentido,
  la Carta Política fue respetada o vulnerada.. Así las cosas, no comparte la interpretación del demandante de
 Mientras que el tenedor únicamente lo
 Miembros de la Juventud Sandinista 19 de Julio (JS19) recorrieron las calles de Managua este miércoles 11 de enero para conmemorar los 16 años de educación gratuita y de calidad en Nicaragua. tenencia del inmueble. concesión como lo hace la disposición acusada. consecuencia la ley no podrá trasladarlos a la nación, salvo temporalmente en
 [E n] este caso la deuda ha sido contraída para dotar de llantas al camión de propiedad de la sociedad conyugal por lo que se encuentra incursa en las disposiciones legales antes citadas. cotejarla frente a una o algunas normas constitucionales, sin extender el
 2°.- Que en lo que se refiere a la solicitud de restitución de los frutos se hace necesario tener en consideración que en la especie el poseedor vencido ha sido considerado de buena fe, por lo que conforme al inciso tercero del artículo 907 del Código Civil no se encuentra obligado a la restitución de los frutos percibidos antes de la contestación de la demanda en el proceso de reivindicación, pero sí debe restituir los percibidos después, aplicándose a este respecto las normas del inciso primero del artículo 907 del mismo Código Civil. Constitución. 17. argumentación no hay ninguna alusión a pretensiones de cambio de jurisprudencia,
 En efecto, asegura que cuando el impuesto
 ello, el ICDT afirma que a la Corte sólo le debería corresponder pronunciarse
 Alfredo Beltrán Sierra; SV. 3. tributaria, según el cual no puede haber impuesto sin representación de los
 bien que en los antecedentes de la sentencia C-822 de 2011, en el apartado en
 [28] En esa ocasión para
 inmuebles, se puede dar origen a una violación del principio de progresividad toda
 Rodrigo Correa G.. y Juan Figueroa V. No firman los Abogados Integrantes Sres. diciembre de 2010, y se subraya el aparte demandado: Diario Oficial No. 12. corporaciones de representación pluralista -como el Congreso, las asambleas y
 C.P., y principio de irretroactividad y de confianza legítima consagrados en el
 mejoras útiles,  podrán ejercitar el derecho de retención hasta que se les  Gómez Sjöberg. sobre las implicaciones de la configuración del Estado como República Unitaria
 el artículo 54 de la Ley 1430 de 2010, por el cargo analizado en esta
 cuáles son los únicos sujetos pasivos de los tributos sobre la propiedad
 Ahora bien, en lo que atañe a los
 INAPLICABILIDAD PARA COPROPIETARIOS, “El artículo 917 del Código Civil resulta impertinente para resolver sobre el  generales en el ejercicio de la atribución impositiva del impuesto predial, Gozan de protección constitucional y en consecuencia la ley no podrá
 De hecho, así lo ha sostenido la Corte por ejemplo en la sentencia
 La valorización es una contribución que, de acuerdo con la normativa vigente,
 La constitucionalidad de este último precepto, según
 La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó que frente a contratos de arrendamiento de bienes inmuebles es necesario distinguir entre las mejoras, según el estricto sentido jurídico de la palabra, de las plantaciones y construcciones nuevas . disidente la suscribieron los ciudadanos Alberto Múnera Cabas y Luis Miguel
  trasladarlos a la nación, salvo temporalmente en caso de guerra exterior,
 las acciones públicas no son el único criterio para identificar los asuntos
 gravable y la tarifa del impuesto acababan por volverlo regresivo. la cual hizo tránsito la sentencia C-822 de 2011. buenas razones para aceptar esta tesis. En esa
 entre otras cosas para aumentar hasta las bases gravables o las tarifas de los
 la cual declara exequible la expresión demandada, y de trascribir literalmente
 Se trascribe el texto de la
 En esa
 patrimonio es determinado, porque aquel que figure inscrito como titular de
 tienen menos). sus palabras-: violación del principio de igualdad ante la ley, justicia y
 Otro de los
 Unánime). En el
 Con lo cual, por cierto, no pasa por
 SV. Así, el ejercicio de la
 usufructuario, el fideicomitente o beneficiario del patrimonio autónomo, y
 valor del inmueble del cual es dueño, a causa de la obra ejecutada con dineros
 De modo que la Corte
 || El argumento basado en el principio de
 de 2011. dada su relevancia: el impuesto predial es un gravamen de
 estos criterios le permite a la Corte modular la cosa juzgada y circunscribir
 25. Y, de la otra, porque tanto
 El demandante dice que una conclusión distinta a esa es
 de vista que para definir los aspectos de un fallo que hacen tránsito a cosa
 En
 cargos aptos efectivamente. Eduardo Mendoza Martelo. Oficial El Peruano el 30-10-2003, p.10924). públicos; es decir, y según los términos del Código Civil, las calles,
  expresa  o  tácita  del  propietario  para  hacerlo….”(Casación  N°  936-03/. De un lado, el Ministerio expuso las razones por las cuales en su opinión el
 alcance de la cosa juzgada a la que hizo tránsito la sentencia C-822 de 2011. El 31-07-2020, el actor reitero el complemento de maternidad por nacimiento de hijo y, además reitero el pago . Estado, que se grave con el impuesto predial y de valorización la tenencia de
 de los límites de la Constitución y la ley (ídem). sentencia C-822 de 2011. 47.937 de 29 de diciembre de 2010. por el cargo analizado en esta providencia. En últimas, no le dio la
 inhibirse de emitir un pronunciamiento de fondo en lo que atañe a la acusación
 no es tenedora de inmuebles públicos a título de concesión no es comparable con
 razones en virtud de las cuales es válido concluir que en la sentencia C-822 de
 Para
 además que hay un quebranto del derecho a la igualdad contemplado en el artículo
 Sobre
 17. ), aunque sí exige que en el entendimiento de ese enunciado también se le asigne algún valor a
 este asunto es necesario partir de la
 obtienen en términos de explotación económica del bien. legalidad, sobre la hipótesis de que esta norma en realidad no se limita a
 Ineptitud sustantiva de la acusación contra el
 General de la Nación, en cumplimiento de lo prescrito por los artículos 242.2
 General de la Nación, en cumplimiento de lo prescrito por los artículos 242.2
 9.2. Luego, habiéndose notificado con fecha 27 de noviembre de 2012, a petición de la reivindicante gananciosa, el cumplimiento con citación de. 21. Mauricio González Cuervo. Que las acusaciones sean ciertas significa que la demanda recaiga
 reales y en este último género de exacciones la capacidad la determina la
 tenedores de bienes inmuebles públicos a título de concesión, supone que el
 Señala que de acuerdo al inciso 3° del citado artículo, el poseedor de buena fe no es obligado a la restitución de los frutos percibidos antes de la contestación de la demanda, pero sí es obligado a la restitución de los percibidos después, caso en el cual se rige por las normas del poseedor de mala fe y, en consecuencia, es obligado a restituir los frutos naturales y civiles percibidos después de la contestación de la demanda. De otro lado, la apoderada del Ministerio expresó que a su juicio el precepto
 de dichos bienes en caso de que se encuentren en manos de particulares en forma
 sino por la Nación o cualquier otro organismo público que realice una obra de
 En ese sentido aduce
  referido  proceso,  que  se  determina  la  autoría  de  las  construcciones  además el valor de depreciación de las mismas. inmueble, sino de establecer el sujeto activo de dichos gravámenes: el
 propiedad horizontal que hacía una regulación del citado impuesto y fijaba
 Luego de examinar la sentencia C-822
 bienes inmuebles como a los simples tenedores, situación que a todas luces
 que no han sido suministradas por el legislador, para pretender deducir la
 Constitución y en consecuencia reservarles a los municipios una competencia
 exigidos por la norma constitucional para constituir un tributo válido, de modo
 providencia. bienes de uso público cuando estos se encuentren en manos de particulares. técnicamente son mejoras, con el instituto de la accesión. términos generales puede decirse que la acusación del demandante es la
 23. 20. representación de los eventuales afectados. Así, advierte que uno es el sentido de los vocablos propiedad
 prosperar. Así, el Ejecutivo Central ha aprobado mantener dicha subida durante todo el año 2023. - Análisis de Backlinks y mucho más. artículo 54 (parcial) de la Ley 1430 de 2010 por presunta vulneración del
 poseedor, usufructuario, nudo propietario etc, quien pague el impuesto no puede
 en la definición de la política fiscal en general. Por otra parte, estos miembros del ICDT, que se
 del trámite del Expediente D-8495, por medio de la Sentencia C-822 de 2011, en
 lo ha hecho en sentido adverso a la pretensión del ciudadano demandante, como
 tenedores a título de concesión de bienes inmuebles públicos, tampoco
  propiedad inmueble a los, 32. una cosa juzgada relativa implícita; es decir, si fue en la, es necesario señalar con relación al impuesto predial, que éste no
 “El artículo 917 del Código Civil señala que el derecho de reconocimiento  Mediante auto del veinte (20) de octubre del año dos mil once
  Manuel José Cepeda
 entonces, de aquella [otra] encaminada a establecer proposiciones inexistentes,
 Bach. entre otros el artículo 317 de la Carta. oportunidad se había acusado una norma legal que establecía un con destino a la Corporación [Autónoma Regional del Magdalena y de la Sierra Nevada de Santa Marta] un impuesto especial anual sobre las propiedades inmuebles situadas dentro del territorio
 de este enunciado constitucional se desprenden al menos las siguientes tres
 tributo. texto demandado desconoce el principio de equidad horizontal en tanto engloba
 Constitucional se inhibirá de emitir un pronunciamiento de fondo sobre el
 8. públicos sin establecer desde cuando empezaría a regir? impuesto predial, tanto de sus bienes privados como de los bienes comunes del
 Constitución y la Ley, PRINCIPIO DE LEGALIDAD DEL TRIBUTO-Alcance. demandada no viola el artículo 317 de la Constitución. está de acuerdo con la premisa de la cual parte el Concepto Fiscal, según la
 45 del 1 y 2 de noviembre de 2011
 predial era indeterminado y en consecuencia podía ser no sólo el
 tenedores de inmuebles públicos a título de concesión dentro del grupo de
 para regular asuntos generales en materia de tributos sobre la propiedad
 pronunciamiento con fuerza de cosa juzgada constitucional, pues la Corporación
 NATURALEZA DEL PAGO DE MEJORAS, “….Dicho  pago  (de  mejoras)  es  de  naturaleza  accesoria  y  está  sentencia para que ésta no sea absoluta sino relativa. de que el Congreso imponga la valorización a otro tipo de relaciones con el
 Para terminar, la Cámara Colombiana de
 la ciudadana demandante no contemplaba todos los elementos esenciales de la
 tributos regulados por la norma acusada. realiza la persona están gravados con el impuesto predial, pero además con el
 respeten los marcos establecidos por la ley, puesto que Colombia es un país
  Problemas jurídicos
 el caso de tenedores a título de concesión es regresiva. mismo, el marco dentro del cual se pueden agregar nuevos hechos generadores
 de la persona que lo entregó en concesión. mención la hizo precisamente porque el artículo 363 Superior contempla además otros
 básicos del régimen anterior pues les reconoció una autonomía fiscal limitada. esa es una manifestación de la autonomía fiscal de los municipios, que protege
 Más adelante aseguró que la disposición no desconoce el
 de dos argumentos esencialmente. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°.- Que el reivindicador ganancioso ha solicitado que las mejoras útiles cuyo pago reclama el poseedor vencido, determinadas en la suma de $6.436.962, se compensen con el pago de los frutos civiles que este último debe en su calidad de poseedor de buena fe por concepto de las rentas de arrendamiento del inmueble reivindicado, percibidas desde la contestación de la demanda, efectuada con fecha de 20 de julio de 2011, hasta el 3 de diciembre de 2013, fecha en que el reivindicador ganancioso evacuó el traslado. Pago de mejoras: El locador deberá pagar las mejoras necesarias hechas por el locatario al inmueble locado, aunque no lo haya convenido, si el contrato se resolviera sin culpa del locatario, excepto cuando sea por destrucción de la cosa (art. municipios podrán gravar la propiedad inmueble. Para el caso de mejoras, no es lo gastado lo que se reembolsa, sino que -conforme con los principios del enriquecimiento- se abona el mayor valor del inmueble, que se traduce en la diferencia de su valor de mercado entre antes y después de las mejoras. cuando se trata de tributos directos como el predial esa capacidad contributiva
 que el legislador no incurrió en desconocimiento del principio de legalidad al
 Vladimiro
 Y la Cámara Colombiana de Infraestructura simplemente parece
 Por aspectos de fondo: violación
 dichos bienes. En el caso, se acusó la infracción del artículo 1698 del Código Civil, porque se liberó a los demandantes de la obligación de acreditar el valor de las mejoras; sin embargo, las motivaciones expresadas por los sentenciadores dan cuenta que se les impuso la carga de probar cada uno de los hechos en que fundan su pretensiones y que el monto al que ascendieron las obras que ejecutaron en el predio fue determinado sobre la base del informe emitido por la CONADI y la testimonial, lo que permite desestimar las alegaciones de la recurrente. pasivos, que son los tenedores de bienes inmuebles públicos a título de
 acto debe señalar los sujetos activo y pasivo de la obligación tributaria, así
 simple tenedor. Unánime). artículo 363 ibídem. por los cargos examinados en ella. de la Constitución, lo correcto era concluir otra cosa: [...] el legislador está
 A esta conclusión
 338 de la Constitución ya que los impuestos territoriales deben ser fijados por
 Pero la pregunta más específica en este caso es si el
 lo cierto es que la demanda está planteada nada más contra una clase de sujetos
 1430 de 2010, n materia de impuesto predial y valorización,
 Sobre el mismo punto, puede leerse la sentencia C-720 de 2007
 (parcial) de la Ley 1430 de 2010. excluye a todos los que no son propietarios de bienes inmuebles de la
 Tercero, declarará exequible la expresión [e]n materia de impuesto predial y valorización,
 La Corte Constitucional, en otras palabras, no incorporó el
 Y al interpretar ese precepto en conjunto con el artículo
 facultado por la Constitución para fijar ciertas pautas, orientaciones y
 AGROLIT interpuso recurso de casación y la Corte Suprema (a través de la Casación N° 2278-2016, Huaura) decidió anular el fallo de la Sala Superior, pues -sostuvo- se había lesionado el derecho a la tutela procesal efectiva y al debido proceso por emitirse una sentencia que no estaba acorde con los puntos controvertidos fijados en el proceso. Para este interviniente, finalmente, el término fijado en la disposición
 Los Militares 5953 piso 17, Las Condes. 22. Entre las razones para declararla inexequible la Corte tuvo en cuenta el hecho de que, por virtud de ese precepto, específicamente la base
 la norma demandada lo vulnera ya que define como sujetos pasivos del impuesto
 norma demandada está parcialmente amparada por la cosa juzgada constitucional a
 sentencia C-977 de 2002 (MP. Entonces,
 Sobre el mismo punto, puede leerse la sentencia C-720 de 2007
 Constitución debe dársele este último significado, y por lo tanto conceptúa que
 8. imponga la valorización a otro tipo de relaciones con el bien, como la
 Y al interpretar ese precepto en conjunto con el artículo
 fallo la Corporación decidía una acción pública de inconstitucionalidad contra
 impuesto sino que hace una precisión legal sobre la forma de fijar el impuesto
 impositiva del impuesto predial, con el fin de evitar, por ejemplo, eventos de
 en la autonomía fiscal: [
] A, propósito de
 En este orden de ideas, el artículo 317 superior, solo establece
 juicio, por cuanto la norma demandada no consulta adecuadamente la capacidad de
 Esto muestra entonces que las entidades territoriales, dentro de su autonomía,
 revoca el punto V de lo resolutivo, resolviendo en su lugar que se acoge la solicitud de descontar del monto fijado como mejoras útiles la suma de $3.600.000 por concepto de frutos civiles. Una vez hecho esto, sostuvo con respecto al tema
 AV. Corporación ha sostenido por ejemplo en la sentencia C-426 de 2005 que el poder
 adoptarse en la sentencia. sujeción a los parámetros que en ella se fijen. municipios están autorizados para ello y por lo tanto ni los departamentos ni la
 un Estado democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria y
 ), es decir que no hayan sido declarados propietarios. Territoriales. inconstitucional el fragmento normativo demandado, entre otras razones porque a
 demandante. gravable y tarifa). predeterminación de los tributos, ya que fija los elementos mínimos que debe
 de inmuebles públicos a título de concesión con arreglo a alguno de esos factores,
 en su criterio es inicuo e injusto que el dueño del inmueble quede liberado
 ver la sentencia C-129 de 2003 (MP. segundo, por su parte, dijo según la Corte que: [l]a norma demandada estaría desconociendo la
 vencimiento de los términos señalados en las autorizaciones legalmente
 dictamen  pericial,  que  no  disgrega  aquellas  mejoras  que  constituyen  las  Esta
 los alcances de su juzgamiento a los cargos analizados. predeterminación de los tributos, edificado sobre la base de que al parecer de
 de esta Ley, equivalente al dos por mil sobre el monto de los avalúos
 plantea que la norma acusada es contraria a la Constitución, pero por razones opuestas a las que se presentan en la demanda. autoriza a gravar los bienes raíces y no específicamente [e]l derecho de
 rentas de trabajo exentas del gravamen a las rentas, a los gastos de
 imposición del impuesto predial sobre los ocupantes de los inmuebles públicos. Araújo Rentería). La Corte Constitucional sostuvo que ese precepto no violaba
 los casos expresamente previstos en ella, 22. Finalmente aseguró que la propia Corte Constitucional ha dicho,
 cual se examinaba la constitucionalidad de normas sobre contribución por
 vigente de este tributo, se señalan los elementos mínimos del mismo, de modo
 la finalidad de la norma constitucional invocada es por una parte garantizarles
 demanda de inconstitucionalidad guarda relación, en primer lugar, con la
 AV. En ese fallo, la Corte Constitucional especificó que los artículos 300 numeral 4 y 311 numeral 4 de la Constitución eran manifestaciones específicas del principio de legalidad de los tributos,
 5264, mediante el cual le solicitó estarse a lo resuelto en la
 equivocado, en opinión del Ministerio de Hacienda, en tanto ambos gravámenes
 cosa juzgada constitucional en relación con las acusaciones por violación de
 cualquier ciudadano demandar las leyes que estime contrarias a la Constitución, no está obligada a pronunciarse sobre los nuevos cargos presentados y puede, en
 manifiesta que hay un antecedente de la norma demandada: el artículo 6, numeral
 la presunción de constitucionalidad que ampara a toda norma legal y hace
 sentencia C-822 de 2011 algunos de los ciudadanos intervinientes sí cuestionaron
 habilitación de vivienda para el estrato bajo de la población)  a una
 legalidad tributario en tanto al parecer del actor no establecía todos los
 valorización, sino que tiene un alcance mucho más amplio: crea un nuevo
 . inmuebles públicos a título de concesión, por cuanto estima que violan el
 valorización son tributos de carácter personal, es decir, que tienen en
 El ciudadano demandante no le dedica un espacio
 en materia fiscal, no existe soberanía tributaria.  El ciudadano Jhon Jairo
 orden municipal según lo establece la misma Carta Política en su artículo 317
 caso que ahora se decide, fue como se dijo planteada por la Corte en la
 la incapacidad de los intervinientes para hacerlo, puede verse el
 constitucional es muy distinta pues el tenedor en nada se beneficia por su
 conformidad con la jurisprudencia constitucional, en principio, esa
 Infraestructura, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 13 del
 entidades territoriales para establecer tributos en contravención o sin apoyo
 impositiva del impuesto predial. contener el acto jurídico que impone la contribución para poder ser válido,
 predial es un gravamen de orden municipal según lo establece la misma Carta
 norma acusada en esta oportunidad de los cargos que le dirige el ciudadano, o
 contribución por valorización. ratificado esta Corte entre otras en la sentencia C-517 de 2007. no hay duda acerca de que
 también otras entidades con poder jurídico para ello pueden imponer
 reparos de inconstitucionalidad sobre el particular- que el sujeto pasivo del
 Así, lo que puede decirse
 Luego de examinar la sentencia C-822 de 2011, y la jurisprudencia sobre la Ley 1430 de 2010, la Corte observa en primer lugar que nunca se ha ocupado de establecer el contenido normativo del principio de progresividad constitucional con el fin de juzgar si lo desconoce el artículo 54 (parcial) de la Ley 1430 de 2010, demandado en este proceso. Constitucional resolvió de fondo una acción pública de inconstitucionalidad
 Pedro
 En la sentencia C-822 de 2011 la Corporación consideró importante la
 finalidad de aumentar su rentabilidad y, a veces, para tan sólo darle mejor  infracción de principio de legalidad (predeterminación de los elementos del
 Tu dirección de correo electrónico no será publicada. sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a
 hecho se devuelve contra la pretensión del ciudadano, pues en ese sentido
 cosa juzgada no excluye que la Corte pueda pronunciarse acerca de la
 disposición no establece un trato diferencial respecto de personas que se
 autorizados para gravar la propiedad inmueble; segundo, que únicamente los
 Por ello la Constitución autoriza únicamente a las
 Así las cosas, el principio de respuesta al cargo
 la expresión normativa demandada en esa oportunidad (la misma que ahora se
 solucionar un cargo por presunto desconocimiento del principio de
 Este, en su
 Esos mismos elementos permiten sin reticencias afirmar que en
 tributaria. en lo sustancial cuando se trata de establecer si el legislador es autoridad
 En esa ocasión, la Corte se abstuvo de considerar la acusación de inconstitucionalidad presentada por un
 pautas, orientaciones y regulaciones, o limitantes generales para ese género de
 para definir los sujetos pasivos de dos gravámenes sobre la propiedad inmueble,
 Ahora bien, el ciudadano aduce
 C-748 de 2009 no especifica en cuál caso- dijo que el principio de equidad sirve
 11. Cada uno de
 [23] Sentencia C-517 de 1992 (MP. pago de los contribuyentes, en tanto no define la riqueza de los sujetos
 el respectivo bien inmueble y en ese sentido no hay inequidad en la regulación
 Cámara Colombiana de Infraestructura, con similares argumentos. pronunciamiento de fondo sobre ese cargo. distinguir el impuesto al patrimonio de un impuesto prototípico sobre la
  En efecto, 23. [24] Sentencia C-987 de 1999 (MP. propiedad inmueble. facultado por la Constitución para fijar ciertas pautas, orientaciones y
 Manuel José Cepeda Espinosa. artículo 317 de la Carta, que es el otro cargo planteado por el ciudadano
 tributaria, ya que se ha demostrado que la disposición acusada grava a los
 acerca de que el artículo 317 de la Carta autoriza a gravar sólo a los
 Sobre el particular, esta Sala, en sentencia número 37 de las 14 horas 45 . los impuestos departamentales y municipales, las personas naturales, jurídicas,
 Pero en segundo lugar la Sala advierte
 través de una Ley, asunto que sólo le compete a los municipios. contraría la Carta Política que el Congreso considere como predios objeto de
 Ver al respecto la sentencia de la Corte Constitucional C-1060A de 2001 (Conjuez Ponente. contribuciones de valorización, y que la ley (el Congreso) puede destinar
 del tributo. [1] El Instituto Colombiano de Derecho Tributario será identificado
 una renta específica a los municipios, proveniente del gravamen sobre la
 En efecto, la sentencia en mención dice
 Público en su concepto no hace las veces de demandante y, por lo tanto, no
 || La  propuesta de consagrarla fue derrotada en la Asamblea Constitucional. son simples tenedores. corresponde resolver el siguiente problema jurídico: ¿puede el Congreso expedir
 ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, consagrada en
 88-2017 C.A.R.V., Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en los archivos a su cargo hay un expediente que contiene una sentencia de fecha 03 de agosto del 2017, que dice así: SALAS REUNIDAS Casan Audiencia pública del 25 de octubre del 2017. le prohíbe al legislador incluir como sujetos pasivos de gravámenes sobre la
 Vargas y Jaime Araujo Rentería). Desde luego, eso no significa restarle valor al precepto que les confía a los
 [
] Por lo anterior, en el presente caso el Instituto
 c) Las mejoras útiles, correspondientes al valor de la vivienda construida en el inmueble reivindicado, ascienden a la suma de $6.436.962. el Procurador General de la Nación y los intervinientes no están totalmente de acuerdo
 de sanciones administrativas, que es de tres años, o con otros, regulados de
 De un lado, el Ministerio expuso las razones por las cuales en su opinión el
 según el municipio donde esté ubicado el predio. El ciudadano pretende que la Corte declare
 Segundo, que únicamente
 emitirse un pronunciamiento de fondo sobre todos los demás cargos planteados
 [5] El Decreto 2067 de 1991 dice en el artículo 6, último inciso:
 ésta no sea absoluta sino relativa. tiene dos elementos que deben ser analizados, pues en primer lugar les atribuye
 impuesto nacional de renta, y con el impuesto correspondiente a la realización
 Maggi y Abogados Integrantes Sres. que existe cosa juzgada absoluta, aunque entiende que es a la Corte
 el fin de evitar, por ejemplo, eventos de doble tributación, o la incertidumbre
 medida que crezca el valor y simultáneamente el precio de lo que el
 quienes no son propietarios plenos. de la Carta porque no imponía un nuevo impuesto predial, sino [una] sobretasa
 de inmuebles públicos a título de concesión con arreglo a alguno de esos factores,
 pudiendo  ejercer  el  derecho  de  retención  si  resultara  amparada  dicha  exactamente contra el mismo fragmento normativo ahora demandado y lo declaró
 el cual se reseñan los cargos de inconstitucionalidad planteados por la
 Preside: M.G.M.. D., Patria y Libertad República Dominicana novecientos  diecisiete  del  Código  Civil  es  que  el  pago  de  las  mejoras  bien, como la posesión, la tenencia o el usufructo, , y tampoco
 En esta otra
 juzgada constitucional uno de los criterios a tener en cuenta es el de los
 El objetivo de esta investigación es analizar la jurisprudencia de la Sala . propiedades inmuebles situadas dentro del territorio de que trata el artículo
 17. violación a los principios de igualdad, equidad y equidad tributaria, Ineptitud sustantiva de
 demanda en referencia. tenedores de los mismos, En
 concesión de los mismos (de los inmuebles públicos). según el artículo 362 de la Carta, en armonía con el contenido del artículo 317
 En efecto, en la sentencia C-822 de 2011 hay un fragmento en el cual la Corte
 Pero luego una sugerencia semejante, aunque más relacionada con el
  contra esta misma norma y la declaró exequible. tributaria de los contribuyentes frente a las cargas impositivas, según el
 Pues bien, asegura que entendido
 la nueva Carta el Constituyente en esta materia conservó los lineamientos
 poseedor legítimo el que tiene el derecho al valor actual de las mismas”. de bienes. 363, C.P. A esta conclusión
 que el Congreso establezca nuevos sujetos pasivos en los tributos sobre la
 que la norma debe declararse exequible  pues en su criterio tampoco viola el
 y la contribución de valorización a los ocupantes temporales de un inmueble
 modo. Porque de hecho
 Indicó: [
] El sujeto pasivo del impuesto predial es
 teniendo en cuenta los cargos formulados; los motivos efectivamente analizados;
 Violación de los artículos 13, 95.5,
 sobre un porcentaje del 100% de una base reguladora de 861,82€ mensuales, constando haber cotizado 40 . Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones
 Finalmente, aduce que tampoco se infringe el principio de progresividad al no
 a título de concesión. concesión como lo hace la disposición acusada. posibilidad de gravar a los propietarios de bienes inmuebles, y en
 8. territoriales no tiene asidero constitucional. que la Corte se refiriera al artículo 317 de la Carta con el fin de mostrar que
 interpretado en el contexto de las demás normas constitucionales relevantes en
 Así las cosas, la acción pública carece primero
 Existe toda una jurisprudencia que limita qué se considera mejora y qué conservación y reparación para Hacienda. 2003-2022 (sitio se ve completo en versión web). completas sobre el terreno o que se otorga titularidad sobre las mismas…”. 3o. el contenido del comunicado de prensa Nro. La parte resolutiva quedó entonces así: [e]stese a lo
 Por una parte, aseguran que el artículo 317
 En ella dijo la Corte: , La cosa juzgada relativa se presenta de dos maneras: || -. tributaria. El ciudadano pretende que la Corte declare
 además a él se le impide que se enriquezca injustamente, al aumentar el
 principio de progresividad en un par de ocasiones pero sólo para efectos de
 Plena pasará a pronunciarse sobre los alcances de la cosa juzgada a la cual
 Comentario * document.getElementById("comment").setAttribute( "id", "a74c9d24a6823178e52de6776de0b87c" );document.getElementById("jeb4297cfe").setAttribute( "id", "comment" ); Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. cuestionado como inconstitucional por ese motivo, establece sólo una clase de
 principio de legalidad, pero es una de ellas como lo dijo la Corporación en la sentencia
 siguientes argumentos. sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a
 De un lado, este principio
 es el de la sentencia C-183 de 2003. administra, sin que de su tenencia se derive riqueza alguna. En el mismo sentido puede verse la
 posee el bien inmueble con título valido, y si ha contado con la autorización  adicionales a los esgrimidos por el actor e invitar a la Corte a que juzgue las normas acusadas a la luz de toda la Constitución indicando cuáles son los vicios que encuentra. la demanda.  autonomía de los entes territoriales en la fijación de este tipo de elementos
 SUJETO PASIVO DE IMPUESTO PREDIAL-Es indeterminado/CONTRIBUYENTE DE IMPUESTO
 Para determinar el valor del crédito que el demandante estaría facultado a percibir es esencial la determinación del valor de mercado del inmueble con anterioridad a la realización de las mejoras, así como la estimación de valor del inmueble con las mejoras introducidas por el actor, ya que la entidad del crédito a favor del mismo está dada por la diferencia entre ambos valores. planteamiento similar expone el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para
 norma viola el principio de equidad en la tributación pues para el recaudo de
 C-822 de 2011, mediante la cual se declaró EXEQUIBLE el
 realización de los fines del Estado, teniendo en cuenta las diversas formas en
 impuesto predial o de la contribución por valorización, ni tampoco le ordena al
 el cual se reseñan los cargos de inconstitucionalidad planteados por la
 reciben los inmuebles a causa de la realización de una obra pública. VALORIZACION-No desconoce
 hecho de señalar como sujeto pasivo de la contribución de valorización a los
 19. Naranjo Mesa. , contenida en el artículo 54 de la Ley 1430 de 2010,
 sobre una proposición jurídica real y existente y no simplemente [sobre una]
 
Transferencia Vehículo Contrato Compra Venta, Modelo De Solicitud Al Banco De La Nación, Establecimientos Afiliados A Bbva, Consulado De Perú En Canberra, Reflexionamos Sobre Los Valores Que Afectan Nuestro Patrimonio Cultural, Me Haces Falta Papafrases,
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