Normativa de régimen local y Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones . Instrucción
Se ajustará a las normas generales de los art. Las obligaciones civiles nacidas del delito lo son independientemente de su valoración punitiva, es decir, que existirían igualmente aunque el Código Penal no se ocupara de ellas. Delitos contra la ordenación del territorio y urbanismo. La redacción del art. 1128), y no ha sido contrastada con los respectivos Textos reales invocados. 117 del anterior Código Penal (el actual no contiene ninguna regla sobre ese punto) establecía que “la responsabilidad civil nacida del delito o falta se extinguirá de igual modo que las demás obligaciones, con sujeción a las reglas del Derecho civil”. Tratado de pediatría, Evaluación Fisioterapéutica del Sistema Cardiovascular, Origen y evolución de los números complejos, Capitulo 39 - Resumen Porth. En correspondencia con el artículo 21 de la Ley cit. Santander, Cantabria En el ejercicio de sus funciones los servidores y funcionarios públicos pueden incurrir en tres tipos de responsabilidad: responsabilidad administrativa funcional, responsabilidad civil y responsabilidad penal. MORALES & SANCHO, Manual Práctico de Responsabilidad Civil. Pero, ¿cuál es ese órgano competente en las Corporaciones Locales? Las exigencias del principio de culpabilidad
Este principio impide la responsabilidad por delitos ajenos (principio de personalidad) y exige para la punición la concurrencia de dolo o culpa (principio de culpabilidad en sentido estricto). El art. 1902 y 1903 CC, el hecho en el ámbito de la responsabilidad extracontractual, ..., y sentar sus propias deducciones en orden a la realidad fáctica”. 3. 887 0 obj
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MESEGUER YEBRA, Joaquín, La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: indemnización y plazo de prescripción. Para ello, la indemnización se exigirá a través del procedimiento administrativo correspondiente, que tras la reforma de 2015 ya no será procedimiento especial, para exigir la, responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas, Aunque esta regulación afectaría únicamente a aquellos empleados públicos que desempeñen un puesto de alto cargo, a su lado. 4.- Responsabilidad patrimonial de la Administración ¿y de los empleados? 1903, por su parte, alude a la responsabilidad por hechos de terceros y en su párrafo 5 señala que “el Estado es responsable en este concepto cuando obra por mediación de un agente especial; pero no cuando el daño hubiese sido causado por el funcionario a quien propiamente corresponda la gestión practicada, en cuyo caso será aplicable lo dispuesto en el artículo anterior”. De las decisiones del Consejo de Ministros serán solidariamente La resolución se dictará en el plazo de cinco días (art. Se trata de la STS de 14 de mayo de 1991 (Ar. Pág. 9. Pero, además, la afectación de este tipo de infracciones al conjunto de los empleados públicos también puede producirse de un modo directo como sucede con la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno de Cataluña, que contempla en su artículo 78.3 g) como infracción grave en materia de buen gobierno, “Incumplir los principios de buena conducta establecidos por las leyes y los códigos de conducta, siempre que no constituyan una infracción muy grav. -�Eq�h�L �-d��Ҵ��Jjhd�8�����[Z�!�1��:2��o�m�'����݅��إp.�
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La realidad es que, a pesar del principio de mínima intervención del derecho penal, la situación de crisis económico-financiera y el impacto que ha tenido en la percepción ciudadana del escenario de corrupción y deslegitimación de los responsables de la gestión pública han conferido especial protagonismo (demasiado, en mi opinión) al ámbito penal en relación con el empleo público. El art. C.: V- 17. Las incriminaciones contra los funcionarios públicos contenidas en el Título XIX del Libro II del Código Penal, tienen por finalidad proteger de forma contundente unas veces los intereses de la propia organización, y otras, salvaguardar los bienes o patrimonio administrativo. 145.2 LPAC):
Resultado dañoso producido. 3.Procedimiento para exigir la responsabilidad
En el supuesto que la Administración hubiese indemnizado directamente a terceros, el art. Espero que a estas alturas nadie dude del tremendo lío en el que nos encontramos, porque tal y como se pone de manifiesto, sea por un camino o por otro, la Sala de lo Contencioso siempre encuentra un camino para afirmar su propia competencia, rechazar la excepción de cosa juzgada y, en definitiva, terminar aplicando las normas de responsabilidad civil. 1308 y 1309. 406.2) en cuyo caso se aplicaban los artículos 1902 y 1903 del Código Civil. Concretamente por lo que atañe al art. Toda persona criminalmente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios (artículo 116 CP). En la Comisión de Justicia encargada de dictaminar el Proyecto, antes de pasar al Pleno del Senado, se sostuvieron controvertidos debates entre los representantes de los distintos Grupos políticos, destacando entre las intervenciones, la que sostuvo en el turno de oposición a las enmiendas defendidas, el representante del Grupo Socialista, por la novedad que comporta alguno de los argumentos en ella esgrimidos respecto de los formulados en Comisión y en el Pleno del Congreso, y que reprodujimos, en síntesis, en el anterior apartado. González Pérez, ob. Pág. descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos Frente a la tradicional prevalencia de la jurisdicción contencioso-administrativa para resolver las irregularidades de los procedimientos administrativos, se acude con demasiada frecuencia al ámbito penal, traspasando la delgada línea roja que existe entre la jurisdicción penal y la administrativa, provocando una «criminalización» de la actuación administrativa. A esa conclusión se llega fácilmente a través de los trabajos parlamentarios que no suponen sino una “interpretación auténtica” de la norma, interpretación que, mucho me temo, no es coincidente con la que “apunta” tener nuestro Tribunal Supremo, como ahora veremos. Mecánica de Fluidos (Ingeniería Civil) Biología Celular; Lenguaje y Comunicación I (Lenguaje l) . En idéntico sentido se pronuncia el art. 4755), que al enjuiciar un supuesto de responsabilidad patrimonial por lesiones causadas por disparos de un miembro de las Fuerzas de Seguridad, afirma que el archivo de las diligencias penales abiertas,
“aunque referidas a los mismos hechos, no prejuzga en nada la solución que deba adoptarse en el proceso que nos ocupa, puesto que los mismos se someten a un enjuiciamiento por distintos ordenamientos, que los enfocan desde distintos campos y con distintas finalidades, como es lógico pensar, y que no es igual someter esos hechos a juicio para comprobar si existe o no responsabilidad criminal (...) que el tener que determinar si existe derecho a ser indemnizado por el Estado”
4.2.2 Sentencia penal condenatoria
Las verdaderas dificultades comienzan cuando nos encontramos con este tipo de sentencias condenatorias en el orden penal que, además, han resuelto la acción de responsabilidad civil. De otro lado, se nos pone de ejemplo un espejismo, la resultante de aplicar el art. La sentencia del T. S., de 3 de setiembre de 1994 (Ar. Aquí un ejemplo de un portafolio estudiantil. Cit. Por ello, para evitar ese abuso de la vía penal, con la finalidad descrita, y porque siempre está abierta la vía contencioso-administrativa, a través de la responsabilidad patrimonial, para obtener la reparación, creemos que no hay incumplimiento constitucional. 7290). Cuestión distinta es la prácticamente inexplorada “acción de regreso” contra el empleado público, en aquellos casos en los que se haya constatado una actuación concurriendo culpa, negligencia o dolo graves, al igual que la exigencia de responsabilidad disciplinaria es «rara avis» en la administración. 1.5. Según la doctrina, pues, los funcionarios públicos pueden incurrir en tres formas de responsabilidad: penal, civil y administrativa y como una especie de ésta, la llamada responsabilidad disciplinaria. Maria Jesús García García: La responsabilidad patrimonial de la Administración por el funcionamiento de los servicios públicos en la ley 4/1999, de 13 de enero. Tecnos. El propio texto constitucional, en su artículo 46, expresa que los Así como, debe ser individualizable: singular Ubicación, bien jurídico protegido y clasificación general, aplicable a todos los delitos funcionarios 2. “Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos”. responsabilidad civil, penal o administrativa. Normativa de régimen local y Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públi- 9º.3). Iniciar sesión . El problema más intenso se produce con las conductas omisivas (no realización de controles o inspecciones técnicas...). Distinguir los tipos delictivos cometidos por los funcionarios públicos y la pena en la que su incurre por su comisión. 121 CP que reproducimos por nota, dónde entre otros cambios de pequeño calado, se aprecia ya la substitución de los términos delitos o faltas dolosos que preveía el Proyecto presentado por el Gobierno al Congreso, por la expresión delitos dolosos o culposos, desapareciendo cualquier expresión hecha a las faltas. De su artículo 121 se deduce el carácter directo que tendrá siempre, a partir de ahora, la responsabilidad de la Administración, sin perjuicio de las responsabilidades que aquélla “pueda exigir de sus funcionarios con tal motivo”. YZQUIERDO TOLSADA, Mariano, Aspectos Civiles del Nuevo Código Penal. 21.1 y 2 RPRP). I, op. Concluido el proceso penal, el hijo de la víctima (y también lesionado en el accidente) demandó en vía civil al Ayuntamiento, dada la falta de diligencia que a juicio del demandante aquél cometió en la organización del festejo. El TS rechazó la excepción de cosa juzgada y, estimando los términos del recurso, afirma que la responsabilidad perseguida en vía penal contra el Ayuntamiento es “una responsabilidad (civil) subsidiaria en vía penal derivada de una obligación ex delicto, mientras que la responsabilidad en este procedimiento contra el Ayuntamiento lo es en vía civil por culpa extracontractual y como responsable directo y principal”. El Grupo Popular, propuso una extensa redacción alternativa dónde, en la parte que nos atañe, no hizo discriminación alguna entre delitos y faltas y su carácter doloso o culposo limitándose a señalar que “...resulten condenados criminalmente” justificando su propuesta en que así se acentuaba el carácter tendencialmente objetivo de la responsabilidad del Estado. ¿Por qué? No obstante, una interpretación sistemática de la Ley, teniendo en cuenta lo establecido en el art. Si fuese un órgano colegiado, la responsabilidad se extendería a “los miembros del mismo que hubieran votado favorablemente” (art. 1902 desde que lo supo el agraviado”. Habrá de tenerse en cuenta, en este caso, la profesión, a fin de verificar hasta que punto, aplicando los conocimientos y preparación de ella, la falta cometida reviste la “gravedad” exigida. 78) que, en su apartado 3, establece que:
“Las Corporaciones locales podrán exigir la responsabilidad de sus miembros cuando por dolo o culpa grave, hayan causado daños y perjuicios a la Corporación o a terceros, si éstos hubiesen sido indemnizados por aquélla”. 121 CP, los debates se celebran en la sesión nº 62 del miércoles 31 de mayo de 1995, pág. 145.2 LPAC exige que la Administración “hubiere indemnizado a los lesionados”. About Press Copyright Contact us Creators Advertise Developers Terms Privacy Policy & Safety How YouTube works Test new features Press Copyright Contact us Creators . Publicaciones de las Cortes Generales. 621.3CP), en actos autorizados por aquélla entidad municipal, porque no se cumplían ninguno de los requisitos exigidos en los arts. 128 de la LEF establece una cláusula general de competencia a favor de la jurisdicción contencioso-administrativa, derogando así el 407 de la LRL pero manteniendo, ciertamente, el problema de la dualidad de jurisdicciones cuando los daños no hubieran sido causados por la Administración en cuanto regida por el Derecho administrativo. 0000001036 00000 n
39008. 1092 y 1093, otorgando carta de plena naturaleza a la situación de confusión que actualmente se padece. Las personas encargadas del servicio
Responderán, cualquiera que fuese el tipo de relación, jurídico-administrativa o laboral, siempre que les sea imputable el daño producido y hubieren podido incurrir en dolo, culpa o negligencia graves determinantes del daño, (por ejemplo, la emisión de un informe técnico manifiestamente erróneo, con error inexcusable para los técnicos que lo hubiesen emitido, que hubiese determinado el acuerdo del que dimanaron los daños (art. Los postulados constitucionales de la respon sabilidad. Lo curioso no está tanto en la solución, que parece acertada, como en la admisión a trámite del mismo recurso, que pone de manifiesto que la puerta de la jurisdicción contenciosa permanece siempre abierta por el hecho de que la responsabilidad ex delicto y, la patrimonial derivada del funcionamiento de los servicios públicos, sean “distintas” como sin más afirma el Tribunal. La Constitución de 1978 contempla en cuatro artículos el tema que nos ocupa. Pero donde radica el problema, como decíamos al principio, no es tanto en la comisión de delitos propios de autoridades y funcionarios, sino en los procesamientos frecuentes de alcaldes y concejales o bien por el deficiente funcionamiento de un servicio público municipal, como por los daños causados por omisiones en el control de actividades privadas sometidas a intervención administrativa. ilícita y el daño que lo provoca, que causa la responsabilidad patrimonial y por el Esta remisión a la legislación penal se corresponde sustantivamente con el contenido de los art. El problema puede planteársenos respecto al momento en que empieza a computarse el plazo. Por otro lado, respecto de las responsabilidades por actos administrativos La LBRL nada dice, expresamente, al respecto. 1092 CC establece que “las obligaciones que nazcan de los delitos o faltas se regirán por las disposiciones del Código Penal”. 4. Con el art. De los aspectos éticos al ámbito penal«, nº 12, RVOP. En efecto, la acción u omisión determinantes de los daños y perjuicios siempre son imputables a personas físicas. La Audiencia Provincial de Girona, en Sentencia de 18 de febrero de 1999 (Ar. Y, por otra, la responsabilidad que cabe exigir directamente al autor, siguiendo la remisión que el CP efectúa al Código Civil por la vía de la responsabilidad civil subsidiaria derivada de delito o falta. Segunda Edición. Responsabilidades.-. El artículo referido del CC establece que prescribe por el transcurso de un año la acción para exigir la responsabilidad civil por las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia de que se trata en el art. 121 del CP, que reproducimos por nota, preveía una responsabilidad subsidiaria de las Administraciones públicas por los daños causados por sus autoridades, agentes o funcionarios declarados penalmente responsables de delitos o faltas dolosos. , pues la normativa se encuentra trufada de múltiples referencias a la identificación de los responsables a efectos de poder, en su caso, deducir, la existencia de responsabilidad, entre otras: La entrada en escena de la jurisdicción penal se produce a través del Código Penal (CP) que recoge una tipología concreta en relación con lo empleados públicos, “Delitos de los funcionarios”, recogidos en el Título XIX y, por su parte, en el Capítulo V del Título XXI, establece la regulación. Granada, 1995. Marco legal actual. No obstante ello, mediante reiterados “obiter dicta” ha efectuado consideraciones, en torno al mismo, que favorecen la tesis contraria a la pretendida por el legislador, al afirmar “que no sería por tanto incorrecta la exégesis favorable al entendimiento amplio del vocablo “delito” en el artículo 121 del Código de 1995”, para entender comprendidas en él, también, las faltas. 2.1. 146.1 de la Ley 30/1992, en virtud de la Ley 4/1999, que ahora impide la posibilidad de poder exigir responsabilidad civil directa al funcionario o autoridad causante del daño, excepto cuando esta se derive del delito. Personal directivo ¿bisagras de la administración? hecho constar su voto adverso o negativo. Responsabilidad Disciplinaria y Administrativa ii. 2.1. Dicha acción u omisión puede causar, por otro lado, daños y perjuicios a la propia entidad o a terceros. los funcionarios públicos,. O lo que es lo mismo, y según antes hemos dicho, la palabra “delito” que emplea el artículo 121 hay que entenderla en el sentido de “infracción penal”, comprensiva, tanto de los delitos “strictu-sensu” como de las faltas”. cit. èÿÿÿ 3n o p q r s t u v w � ú û = J ^ w — ¿ K Ô ı ı ı ı ı ı ı ı ı ø ò ì ê ê å á Ü Ü × × × × Ü × × 676. Se trata de una responsabilidad directa y no sólo subsidiaria, pues se genera como consecuencia de la producción de lesiones (que el perjudicado no tiene el deber de soportar) y ello tanto si es posible imputar los daños y perjuicios a un sujeto determinado (funcionario o autoridad) como si la producción del daño ha sido impersonal o anónima. Madrid, 1985, pág. Diferenciar los distintos tipos de responsabilidad en que puede incurrir un funcionario: civil, penal y administrativa. 0000009259 00000 n
Por su parte el Grupo Federal IU-IC propugnó entre otras modificaciones, suprimir el término dolosos, para asegurar el principio jurisprudencial de responsabilidad objetiva de la Administración y el derecho a la indemnización por actuaciones de funcionarios y autoridades. 0000036326 00000 n
141LPAC. Una sentencia penal condenatoria que, a su vez, ha resuelto las cuestiones de responsabilidad, debería tener en el ámbito contencioso-administrativo, donde posteriormente se reabre la acción, el efecto de “cosa juzgada”, habida cuenta de la identidad entre ambas responsabilidades. Este elemento no juega respecto de “las autoridades”, únicamente del personal. Enmienda nº 124. Si la Administración intenta resarcirse de los daños a ella ocasionados, el plazo empezará a correr desde el momento en que se hubiese causado la lesión. funcionarios o empleados públicos que ordenen o ejecuten actos, que violen o 04 Jan 2023 23:05:43 Como han recordado algunos autores desde el célebre desideratum recogido en el art. Distinguir los tipos delictivos cometidos por los funcionarios públicos y la pena en la que su incurre por su comisión. No obstante ello, las presiones en sentido contrario han hecho que, finalmente, se haya introducido en el proyecto de ley la responsabilidad subsidiaria de las administraciones y entes públicos, si bien que con un criterio restrictivo. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento. 409.1:
“La responsabilidad de las Entidades locales será subsidiaria cuando los daños hayan sido causados por culpa o negligencia graves imputables personalmente a sus autoridades, funcionarios o agentes, en el ejercicio de su cargo.”
El sistema de la LRL de 1950 respondía a un planteamiento de simple cobertura por la Administración de los daños causados por sus agentes . Permitir, por otro lado, que entrara en juego la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, en caso de faltas, no seria más que otorgar carta de naturaleza a una “grieta” –de imprevisibles consecuencias - en el sistema poco a poco creado. Breves reflexiones finales. La sentencia penal condenó penalmente al procesado y estableció las indemnizaciones correspondientes, de las que declaró responsable civil subsidiario al Estado. En cualquier caso, también a partir de la Ley 4/1999, y sin perjuicio de las actuaciones dolosas, la gravedad de la conducta se extiende tanto a la culpa como a la negligencia. Frente a esa situación, el proyecto hace desaparecer prácticamente la responsabilidad civil subsidiaria del Estado a través de la vía procesal penal y lo deja a una futura posible reclamación administrativa en otro procedimiento distinto, a continuación del penal, mucho más largo y en unas condiciones más favorables para el Estado que las de un proceso penal. la penal, civil, administrativa y disciplinaria. Revista LA LEY, número 5213, 27-12-2000, pág.1
M. Jesús García García: op. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. cargas públicas e integralidad: ese daño puede ser moral, el daño en el patrimonio Prueba de ello eran la Ley 30/1992 y el Decreto 429/1993 que la desarrolla, en materia de responsabilidad, el propio proyecto de ley que regula el Proceso contencioso-administrativo y, finalmente, el Anteproyecto de Código Penal en el que se pretendió excluir la responsabilidad subsidiaria de las Administraciones. 1902 del CC: cien años de errores” en la obra colectiva “Centenario del Código Civil, Madrid, Ceura, 1991, pág. Y, por último el Grupo Parlamentario Catalán (CIU), no se pronunció sobre el aspecto concreto que estamos analizando, limitándose a proponer que esa responsabilidad se hiciese extensiva también por los “contratados” por las Administraciones públicas. Por su parte, el artículo 196 del texto constitucional señala: Los Ministros son responsables de sus actos, de conformidad con esta Ante una sentencia penal absolutoria, cabe que el juez civil pueda pronunciarse sobre las responsabilidades de este tipo, pero no aplicando el plazo de prescripción de 15 años, solo predicable de la acción de responsabilidad civil ex delicto y, teniendo en cuenta los hechos probados de la sentencia. 4371), 2 noviembre 1991 (Ar. Ésta era hasta no hace mucho prácticamente el único supuesto de responsabilidad que se atribuía a los empleados públicos y para qué engañarnos, no demasiado eficaz. Delitos contra la Comunidad internacional. 2.2 Senado
Al texto del Proyecto, y al igual que ocurrió en el Congreso, se presentan enmiendas por parte de alguno de los grupos políticos integrantes de la Cámara Alta. 8. Por ello, a fin de que no se produzca indefensión y, por tanto, infracción del derecho constitucionalmente reconocido en el art. La responsabilidad de los funcionarios públicos Armando Mendoza Ugarte. La sentencia de la Sala 3ª del TS de 6 de febero de 1987 (Ar. personal del funcionario que establece el artículo 139 de la constitución. 0000011539 00000 n
6. Por lo que respecta a las Audiencias Provinciales, si bien no hay unanimidad de criterio, la balanza se inclina por las que consideran que en el 121 del CP no deben entenderse incluidas las faltas, que es la tesis que nosotros sostenemos por cuanto de forma clara pone de manifiesto la voluntad del legislador, como hemos visto. La Sentencia de 1 de diciembre de 1994 (Ar. Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos. 41 la siguiente previsión:
“Si el funcionario público, en el ejercicio de su cargo, infringe sus deberes con perjuicio de tercero, el Estado o la Corporación a quien sirva serán subsidiariamente responsables de los daños y perjuicios consiguientes, conforme determina la ley”,
previsión que halló su concreción, en la Ley de Bases Municipal de 10 de julio de 1935, texto articulado de 31 de octubre del mismo año, y en cuyo articulo 209 (Base 25) establecen:
“Las Entidades municipales responderán civilmente de los perjuicios y daños que al derecho de los particulares irrogue la actuación de sus órganos de gobierno, o la de sus funcionarios en la esfera de sus atribuciones respectivas, directa o subsidiariamente, según los casos.”
El texto no tuvo auténtica aplicación pero uno de sus méritos fue el haber inspirado los artículos correspondientes de la Ley de Régimen Local de 1950. 8109), entre otras. 1902 y 1903) se produce precisamente, como avanzábamos, en el ámbito de la Administración local y trae causa de la Constitución republicana de 1931, que había incluido en su art. 1. 145.2 LPAC, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, extiende la gravedad, como ya resaltamos al hablar de las novedades que introduce esta ley en la 30/1992, tanto a la culpa como a la negligencia. No obstante ello, tanto el reducido número de opiniones doctrinales y de sentencias contenciosas que directamente aborden cuestiones relacionadas con la responsabilidad civil ex delicto, como el silencio sobre la naturaleza de la acción que el perjudicado ejercita en vía administrativa en los supuestos de reserva de la acción indemnizatoria y, sobre todo, la insuficiencia de las explicaciones dadas hasta ahora constituyen probablemente la mejor demostración de que algo efectivamente no funciona y, por tanto, se impone ajustar al máximo el régimen de derecho sustantivo y procesal, conforme al cual han de ventilarse los supuestos de daños causados por conductas administrativas merecedoras a la vez de reproche penal, principalmente para evitar ese rosario de procesos judiciales, con pronunciamientos en muchos casos contradictorios. “Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno, en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre”. . No. Podrán responder directamente personas jurídicas, como son las Administraciones públicas, si aquellas personas se encuentran a su servicio, según la fórmula amplia del art. Privacidad Pues al consagrarse la responsabilidad directa de las Administraciones públicas (art. Yzquierdo Tolsada, Mariano: Aspectos civiles del Nuevo Código Penal. Así ¿què sucedería cuando una autoridad pública que comete un delito, no está ejerciendo las funciones propias de su cargo?, esa desconexión es también dudosamente constitucional. 439 a 444 CP); delitos contra la Constitución (arts. 7. De ahí que se entienda mejor por qué la doctrina viene reclamando con tanta insistencia la necesaria y urgente unificación de las diferencias hasta ahora existentes, con el consecuente vaciamiento de las normas civiles contenidas en el Código Penal. Contra todo pronóstico, una vez promulgado el Código Civil en 1889, y aunque lo lógico habría sido derogar tales normas, y en consecuencia vaciar de contenido civil el Código Penal, aquél no sólo conservó las normas penales en materia de responsabilidad civil sino que incluso consagró esa doble regulación en los arts. En este sentido, la administración electrónica constituye una herramienta fundamental para la identificación de los responsables, pues la normativa se encuentra trufada de múltiples referencias a la identificación de los responsables a efectos de poder, en su caso, deducir, la existencia de responsabilidad, entre otras: Desde estos nuevos parámetros de gestión se mantiene la exigencia tradicional a las AAPP de corregir disciplinariamente las infracciones del personal a su servicio cometidas en el ejercicio de sus funciones y cargos, y la trazabilidad que permite la gestión electrónica ofrece dejará, sin duda, menos espacio a la “irresponsabilidad por incomparecencia”. 121 del Anteproyecto de 1992 volvió a aproximarse, si bien que con algunas modificaciones procesales, a lo que ha venido siendo nuestra línea tradicional, y ratificó la mención de los delitos y faltas, tal y como sucedió también en el art. Responsabilidad penal y civil derivada del delito. Malversación de caudales públicos (arts. El Senador Socialista responde que no quiere acusar de nada a la profesión, pero que lo que si se produce es una desvirtuación real de la vía penal para este tipo de asuntos, al llevar algunos abogados por esta vía a sus defendidos sabiendo que podía ser mucho menos eficaz que alguna otra, sencillamente con finalidades no confesables. El blindaje que las autoridades poseen en vía civil y la circunstancia que dependa de esas propias autoridades la acción de regreso, hace que la vía penal sea, por otro lado, la más efectiva. Por tanto, no responderán los que no hubiesen asistido a la sesión, los que hubiesen votado en contra o los que se hubiesen abstenido (art. cit. El problema de la responsabilidad del Estado y de los servidores públicos, tiene su fuente o base legal, en la Constitución de la Republica del Ecuador Arts. Recurso de Nulidad; Los servidores públicos también tienen responsabilidad penal y por lo tanto, están prohibidos de contratar con el Estado [RN 185-2020, Lima] . Diferenciar los distintos tipos de responsabilidad en que puede incurrir un funcionario: civil, penal y administrativa. Concretamente la nº 298. Se trata, en este caso, de daños causados por lesiones imputables al Los ciudadanos afectados, pasados más de diez años todavía están esperando a que la vía de responsabilidad civil subsidiaria por el mecanismo de la acción penal dé algún resultado. 0000012861 00000 n
0000012277 00000 n
particulares por culpa imputable a la Administración, como consecuencia de los La responsabilidad civil de las autoridades y personal al servicio de la Administración Pública viene regulada por la LRJSP. El art. 105 del Borrador de 1990, que “la ejecución de un hecho descrito por la ley como delito o falta origina la obligación de reparar los daños y perjuicios por él causados en los términos previstos en el Código Civil”, formulación ésta que si bien se apartaba de nuestros antecedentes históricos, apuntaba mejor técnica legislativa, en consonancia con el reproche al que hemos hecho mención. Javier, El daño extracontractual y su reparación (Tratamiento jurisprudencial). consagra de manera expresa y en forma específica la responsabilidad de Vol. Si hubieran acudido a una vía contencioso-administrativa posiblemente ya hubieran obtenido la indemnización. 526. 5.29. En el mismo sentido, entre otras, S. 26 de mayo 1994 (Ar. Crear perfil gratis. establezca una relación de causalidad (causa-efecto) entre la actividad lícita o todos los particulares y que vaya en contra del principio de igualdad ante las Si bien esta última es más teórica que real. Entregable-convertido, Derecho uned casos resueltos derecho penal ii, Nefritico, Nefrotico, IRA, IRC - Nelson. Seguimiento de redes sociales, registro por 90 días de telefonía móvil, responsabilidad civil y penal de los responsables, incluidos funcionarios públicos. Pero los obstáculos existentes no impidieron, sin embargo, que ya en 1822 España contase con su primer Código Penal. [â ĞÙ ĞÙ � (El subrayado es nuestro). cit. 5.18. La Ley General de la Administración Pública -LGAP- regula, de manera general, la responsabilidad del funcionario público por daños a terceros (artículos 199 a 202) y la responsabilidad disciplinaria por sus acciones, actos o contratos opuestos al ordenamiento (artículos 211 a 213). Sentencia penal condenatoria
Produce efectos, como regla general, de “cosa juzgada” en la vía civil. De los aspectos éticos al ámbito penal. 0000048854 00000 n
Entre ellos distinguimos:
Los titulares del órgano
La posibilidad de exigir responsabilidad se extiende también a las autoridades, como ya hemos señalado reiteradamente (art. Efectividad de la reparación. El tema no es baladí, y de la respuesta que se de, derivaran serias consecuencias en orden a utilizar “diferentes acciones procesales”, ante jurisdicciones también distintas y con resultados dispares. Traslado de las conclusiones alcanzadas al ámbito de la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
Tratamiento jurisprudencial de la materia
Efectos de la sentencia penal en la esfera civil
Sentencia penal absolutoria
Sentencia penal condenatoria
Efectos de la sentencia penal en el proceso administrativo
Sentencia penal absolutoria
Sentencia penal condenatoria
ANÁLISIS DEL ART. H�\��j�0E�� acto u omisión del funcionario, intencional o culposo, que viole los deberes Yo creo que después de la modificación operada en el haz de competencias de cada uno de los órganos de las Corporaciones locales, y singularmente de los órganos de gobierno municipales, a raíz de la Ley 11/1999, de 21 de abril, fruto del llamado “pacto local”, la competencia, en el supuesto de que se trate de funcionarios, es del Alcalde en virtud de la cláusula residual prevista en el art. 135.3 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante RE) que, tras permitir a los lesionados exigir la responsabilidad solidaria de la Administración y de los funcionarios, se remitía a la Ley de 5 de abril de 1904. Ley Orgánica del Código Penal. Interpuesto recurso contencioso-administrativo, la Sala de la Audiencia Nacional lo desestimó. 0000004176 00000 n
Frente a las tres Sentencias anteriores, la de la Audiencia Provincial de Navarra, de 13 de mayo de 1998 (Ar. ]qYA�]�dz퉯����hr�®�3&/�����h!����]�*W����~���"r���K��l\��Yc�Ɂ�b�H�M�ش�AA!%%�а��GP����f``66qq�sY������III�!Ug���`l���b'�A�$���%֥�T�,�����!�Ё����54��uHAňl;�>r�,(������"��]���ʣ� �7CAX�����~p�Qw`:t��E���lֶ\��K���Of�"�`�p�-Dq�c���M�NH:�6�dvXp�(� �(���1��(�+���� i�6 �������Io��Vy �d00�� Si se exigiera en el proceso penal la responsabilidad civil de la autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos, la pretensión deberá dirigirse simultáneamente contra la Administración o ente público presuntamente responsable civil subsidiario.”
Consideraciones Generales
1.1. La Ponencia encargada de redactar el Informe sobre el Proyecto presentado no aceptó ninguna de las enmiendas presentadas, iniciándose los debates en la Comisión de Justícia e Interior, sin que nos hagamos eco de ellos para no hacer demasiado exhaustivo el trabajo, limitándonos a reproducir algunas de las argumentaciones más relevantes que los distintos grupos políticos vertieron a favor o en contra de incluir los delitos y las faltas en la Sesión Plenaria del Congreso. La primera de la Sentencias donde vierte la Sala de lo Penal del TS sus consideraciones es en la de 11 de enero de 1997 (Ar. Ed. 680)
Como recuerda la Sentencia de la Sala 3ª de 2-11-1991 (Ar. 245: a Elementos del derecho civil y penal de España precedidos de una reseña histórica / c por los doctores D. Pedro Gómez de la Serna y D. Juan Manuel Montalban, antiguos catedráticos de la Universidad Central.Tercero. No obstante esa distinción, en ambos casos el régimen jurídico del procedimiento aplicable, para exigir responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas, es el mismo, tanto se trate de acción de repetición, por parte de la Administración que hubiese abonado los daños a terceros, como cuando se trata de resarcimiento de los daños ocasionados a la misma entidad, con una importante diferencia, eso sí: mientras en el primer caso ya se presupone un procedimiento en el que se habrá cuantificado la indemnización a que asciende el resarcimiento (limitándose el objeto a verificar hasta que punto es responsable el titular del órgano), en el segundo, habrá de definirse, además, si se han producido daños a la Administración, en los que concurran los requisitos generales, y la cuantificación de la indemnización. 7032) lo pone de manifiesto de una forma concluyente, al excluir de su papel de demandada a la Concejala de Transportes y Comunicaciones del Ayuntamiento de Manacor y autora de la resolución de la que, en definitiva, deriva la reclamación de responsabilidad patrimonial a la Administración:
“(...) la responsabilidad de la autoridad o funcionario sigue unos cauces distintos de la de la Administración de quien depende y no los de la responsabilidad patrimonial de ésta, cuya reclamación es propia siempre del proceso contencioso-administrativo, debiendo exigirse bien la vía civil, cuando se la exijan los particulares, bien en la vía administrativa, con posterior recurso jurisdiccional, en el que actuarán como demandantes cuando se lo exija la propia Administración, sin que puedan asumir en el proceso contencioso-administrativo en que el perjudicado haga su reclamación la condición de demandados,(...) por cuanto no son Administración, sino órganos de ella, y aunque pudiesen tener interés directo en el mantenimiento del acto recurrido, lo que les legitimaría como coadyuvantes, nunca ostentan derechos derivados de ese acto, de todo punto necesario para ser demandados.” (El subrayado es nuestro). La sentencia penal condenó civilmente al conductor del vehículo en el que viajaba la lesionada, responsable penal del accidente. Bosch. III. cometan faltas. Abella: Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y procedimiento administrativo común. respecto a un sujeto o grupo de sujetos determinados, esto es en general, por 633 a 686). Con la cautelar de arresto domiciliario total quedaron dos funcionarios públicos que fueron formalizados por microtráfico de drogas, específicamente marihuana en la región de La Araucanía. Pág. El artículo 32 LRJSP, siguiendo el modelo anterior, consagra el derecho de, los particulares a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Por tanto el análisis sobre este tema ha de ser frío, reposado y alejado de tensiones sociales que aunque justas, intentan encontrar en este art. En su recurso de apelación, el Letrado de la Comunidad Foral de Navarra, solicitó la absolución de los médicos y, subsidiariamente de mantener la autoría por falta, se absuelva en todo caso a la Comunidad Foral de Navarra, por no ser posible legalmente tenerla por responsable civil subsidiaria al amparo del 121 CP, al no reunir el ilícito penal la consideración de delito. Sin embargo, los altos niveles de ejemplaridad que, tras la crisis, la ciudadanía ha impuesto a la administración pública, de exigir responsabilidad a los actores públicos, a todos, políticos y empleados públicos, dirigen esta responsabilidad hacia nuevos paradigmas. h�b```b``�``�@��
Y8~�0� >�Mu2'��9?r.�hf?��3�����݆#�#�}2{"�D�r���8�s��4�x&���$�}f�U��k���BR�J�Ni�6�0*O�x�c�垲K"�r���6����y�l.�D6ݔ]�v?O��fr�c[�)~Ӯ%�|�R���ci�p����@k�Ȧ�{'~8֨4�����A�_���, �ʙr^���E�lroߔ�q�xhq��E�%LAD�UUx��`5P�l�=M��dO���=]^�q�Ks���f��L��IB0O. 345-372 sumario i. planteamiento. 1902 , a contar desde que lo supo el agraviado. Por tanto, el personal de la Administración, cuando esté en desacuerdo con lo resuelto en cada caso, se encontrará en la necesidad de ser demandante ante el Tribunal del orden contencioso-administrativo, frente al acto administrativo con fuerza ejecutiva por el que se verá obligado al pago, salvo que el Tribunal que conozca del recurso acuerde la suspensión de la ejecución. Por el contrario, si los daños y perjuicios fuesen consecuencia de la inactividad (derivasen de omisión, no de acción), serán responsables todos los que hubiesen debido actuar, esto es, la totalidad de los miembros de la Corporación o los que, con su voto en contra, impidieron que se produjera el acuerdo que debió adoptarse. Responsabilidad profesional del personal. Cit. 753 y ss. 0000025220 00000 n
Pero la acción u omisión serán cometidas por personas físicas perfectamente individualizadas. Ed. Senado
2.3 Análisis de la jurisprudencia dictada a su amparo
2.4 Conclusiones
RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS ALCALDES Y CONCEJALES
ALGUNAS CONCLUSIONES GENERALES
BIBLIOGRAFIA
LA RESPONSABILIDAD CIVIL, PENAL Y ADMINISTRATIVA DE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS
LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS ENTIDADES LOCALES
Introducción
El artículo 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (en adelante LBRL), reiterado y matizado en los artículos 223 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las entidades locales (en adelante ROF), dispone:
“Las Entidades locales responderán directamente a los daños y perjuicios causados a los particulares en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos o de la actuación de sus autoridades, funcionarios o agentes, en los términos establecidos en la legislación general sobre responsabilidad administrativa.” (El subrayado es nuestro). El espíritu i finalidad del art. Pág. Existencia o no de intencionalidad. Calificación que, como se ha dicho, ya existía en la normativa anterior, reveladora de que no es suficiente una falta de normal diligencia. Responsabilidad patrimonial del personal al servicio de las Administraciones Públicas. En el segundo caso, sin culpa o negligencia graves imputables personalmente a sus funcionarios o autoridades, la Entidad local respondía directamente siempre que el daño reuniera los requisitos del art. 1.3. estudio, Copyright © 2023 StudeerSnel B.V., Keizersgracht 424, 1016 GC Amsterdam, KVK: 56829787, BTW: NL852321363B01, Universidad del Caribe República Dominicana, Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos, Universidad Católica Tecnológica del Cibao, Universidad Internacional San Isidro Labrador, Teorias de los test y fundamentos (Psg-206), LAB Fund de Soporte Vital Bási (SAP-1150), universidad autonoma de santo domingo (2022), Historia y teoría del diseño (Diseño Industrial), Unidad 1. 5.13. RESPONSABILIDAD PENAL DE ALCALDES Y CONCEJALES
En efecto, como decíamos, podemos señalar que hoy, con carácter general, la exigencia de responsabilidad penal a los alcaldes y concejales se fundamenta en tres grupos de causas, además de la apuntada de inexistencia de un régimen sancionador estricto sensu :a) por un lado, en la adopción de decisiones políticas que se estiman viciadas, en mayor o menor medida, de ilegalidad; b) por otro, en la comisión de actos (positivos u omisivos) que ocasionan a los particulares perjuicios personales o materiales; y, c) por último en el funcionamiento incorrecto o negligente de los servicios públicos municipales. El daño habrá de ser efectivo, material e individualizado.”
Añadiendo su art. 2.2 La Ley de Régimen Local de 1950 (en adelante LRL)
La Ley de Régimen Local aprobada el 16 de diciembre de 1950, fecha en la que se aprobó su texto articulado, y su texto refundido de 24 de junio de 1955, estableció en su
articulo 405:
“Las Entidades Locales responderán civilmente, en forma directa o subsidiaria, según se especifica en el artículo siguiente, de los perjuicios y daños que al derecho de los particulares irrogue la actuación de sus órganos de gobierno o la de sus funcionarios o agentes en la esfera de sus atribuciones respectivas. Innovación en la auditoría del MRR y los Fondos NGEU: ¿es posible auditar la resiliencia? Nuevas obligaciones de «Data Mining» para gestionar los conflictos de intereses. El principio de responsabilidad de los funcionarios públicos tiene una base ANÁLISIS DEL ART. 121 del Código Penal. Pág. La responsabilidad penal sólo puede derivarse de las primeras omisiones, y siempre que la inacción se deba a una decisión individualizada y personal del Alcalde o Concejal. poder jurídico es de principio”. 8. Esa expresión declaratoria ha de referirse a todos los supuestos de pronunciamiento posibles. Por su parte, el art. Se puede inferir que, para la existencia de responsabilidad de la 121 consagra la responsabilidad del Estado-Juez por los errores judiciales y el anormal funcionamiento de la Administración de Justicia. Pag. Ampliar el ámbito de responsabilidad a la falta, tras haberlo hecho respecto a los delitos culposos, nos parecía asegurar esa desvirtuación penal que va paulatinamente incrementándose, produciéndose un uso desviado del proceso penal, a veces, para exigir responsabilidades menores, pero que intentan agilizarse por esta vía, cuando se trata de indemnizaciones importantes o derivadas de situaciones con un elevado número de perjudicados. 119 del Anteproyecto de 1994 se regresó al criterio de exigencia generalizada de la responsabilidad civil subsidiaria en el propio proceso penal, y se conservó la referencia expresa a los delitos y a las faltas. Civitas. 121.1 sobre las faltas no implica necesariamente su exclusión a efectos de la responsabilidad civil subsidiaria por tales infracciones criminales leves. Aviso legal y política de privacidad. Sin embargo existen ciertas causas que pueden condicionar la La administración pública también puede alegar la culpa de la víctima para Esa legislación general es la que regula la responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado y, en la práctica, la que venia rigiendo también con anterioridad para las Entidades locales, puesto que si bien la LBRL da el paso definitivo en la unificación de regímenes en la materia, esta unificación era ya un hecho aunque hubiera que apelar a normas jurídicas diferentes que, sin embargo, constituían un bloque normativo con vocación de aplicación unitaria y conjunta: el articulo 40 de la Ley de régimen jurídico de la Administración del Estado, para éste, (norma no aplicable a municipios y provincias) y el articulo 121 de la Ley de Expropiación Forzosa para las Entidades Locales. Por tanto, hay que buscar una formulación adecuada que, desde una óptica estrictamente jurídica, ponga de manifiesto, en contra de la conocida como pena del banquillo, que si de una parte es factible la exigencia de responsabilidad directa sobre la base del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, se ha de evitar el tener que acudir a una vía procesal penal para demandar el resarcimiento de los daños causados, cosa que hoy en día es absolutamente clara. Estado. La sentencia del TS de 24 de abril de 1987 (Ar. Enmiendas defendidas por el Sr. Pillado Montero. individual de todos los funcionarios públicos, el texto constitucional también 116) que es admisible directamente el recurso contencioso-administrativo, si bien podrá interponerse recurso potestativo de reposición. “El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: (...) el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas”. Por ello, concluye el Senador Socialista, nos parece que por esa vía, difícilmente se podría avanzar, y sería mucho más positivo avanzar en lo que se refiere a la relación de causalidad, su acotamiento, sus límites, su interpretación más flexible, y así lo hemos hecho con esa enmienda transaccional que apoyamos junto con el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del Senado y el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, que han colaborado con nosotros en encontrar esa fórmula. los Diputados por votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus funciones. Pues ésta es también, con toda evidencia, lo mismo que la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (art. 4. en “Régimen jurídico de la Administración Pública y procedimiento administrativo común”. 633 y ss. Dentro del régimen estatutario que regula la función pública ese Concepto que de la falta contiene el art. MESTRE DELGADO, Esteban, Responsabilidad penal de Alcaldes y Concejales (Obra colectiva, Tratado de Derecho Municipal, ya citada, pág. funcionario que ha causado un daño, sea a un particular o al Estado y es su 0000004288 00000 n
Lo que yo entiendo es que el Estado tiene que soportar el palo y la vela. Miguel Casino Rubio, ob. ¿En qué tipo de responsabilidad pueden incurrir los servidores y funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones? la responsabilidad administrativa y penal de los empleados pÚblicos. su conducta funcionarial. 7932), 19 de febrero de 1990 (Ar. 1731). En estas condiciones no está de más afirmarlo otra vez: ni la responsabilidad civil ex delicto deriva del delito ni el hecho de que el Código Penal regule esta materia es prueba de la existencia de dos responsabilidades distintas. Civitas, Madrid, 2001. Si la misma fue revisada, en un proceso judicial sobre el que recayó sentencia firme, parece que ya está homologada, siendo imposible su revisión. El artículo 106.2 de la Constitución, referido a todas las Administraciones públicas, como ha destacado la doctrina y señala también el Tribunal Constitucional a propósito de los principios que informan la actividad de aquéllas, contribuyó ya antes de la LBRL a definir ese régimen unitario que el precepto mencionado de la LBRL concreta por vía de remisión. Barcelona, 1987, p.648. I, op. obligación resarcir o reparar los daños causados. La referencia debe entenderse hecha al art. cit. En efecto, el legislador del Código Penal de 1995 perdió una oportunidad histórica de haber subsanado una deficiencia, con larga tradición en nuestro Derecho, y haber desplazado, de una vez por todas, la responsabilidad civil a su sede natural, esto es, el Código Civil, dónde deben y de hecho se residencian las “responsabilidades civiles”, remitiendo, por otro lado, a las respectivas leyes administrativas reguladoras de la materia cuando de la exigencia de responsabilidad de las Administraciones públicas o del personal a su servicio o de autoridades públicas se tratara. 8868), 12 de junio de 1990 (Ar. Sin embargo, las diferencias entre la LEF, que sí les era de aplicación, y la LRJAE son mínimas, de modo que ambos textos legales configuraron el bloque normativo general de la responsabilidad del Estado y demás Administraciones públicas por efecto de la remisión de la LBRL. Responsabilidad personal administrativa y civil. Procedimiento para la exigencia de responsabilidad al personal al servicio de las Administraciones Públicas. La realidad demuestra que la generalización de procesos penales contra corporativos locales se fundamenta principalmente en los dos últimos grupos de causas. Consecuentemente con esos principios, cuando la responsabilidad última del ilícito sea impersonal, es decir corresponda a múltiples servicios administrativos, no podrá imponerse pena al alcalde o concejal que estuviera al frente de los mismos. 118 pág. La responsabilidad penal, por su parte, surge cuando un hecho tipificado en 5�>*CJ 5�>*CJ OJ QJ 5�CJ OJ QJ mH Tanto el art. Responsabilidad de Funcionarios P+¦blicos. 1988 (pág. El Juzgado de Primera Instancia desestimó la excepción de cosa juzgada alegada por la Corporación local y estimó la demanda. Por lo tanto, con base en los mismos criterios hermenéuticos del art. 1902 y ss). 2392 y 2393, ob. Marco legal actual. A estos delitos habría que añadirles otros tipos penales saltuariamente dispersos en el CP: Contra la ordenación del teritorio, detención ilegal, violación del domicilio, descubrimiento y revelación de secretos, art. Introducción. En todo caso, además, la sustracción a los Tribunales de lo penal de la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, en los supuestos de faltas, no es tan grave, si tenemos en cuenta que a partir del día siguiente a la producción de los hechos, el perjudicado puede iniciar simultáneamente el proceso penal y el procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial, que no se verá suspendido por aquél, excepto que fuese necesaria la determinación de los hechos en la vía penal. Traslado de las conclusiones alcanzadas al ámbito de la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
La conclusión formulada en el apartado anterior es enteramente trasladable al campo de la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública que aquí nos importa. 0000009971 00000 n
Fondos Next Generation. 19,20 y 21 RPRP). Celebrada el miércoles 25 de octubre de 1995, pág. 0000039280 00000 n
Sobre la base de esta regulación viene a incidir la Ley 4/1999, de 13 de enero, estableciendo algunas modificaciones que completan la unificación del régimen jurídico de la responsabilidad desde un punto de vista sustantivo. Finalmente, y de otro lado, no se .
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